domingo, 26 de abril de 2020

Problemas en puerta...

Esta epidemia de sorpresas aún no termina. Al compás del desplome del escaso crédito de los gobiernos que han implementado la “cuarentena” al revés, es decir para aprisionar a los sanos y no para aislar a los enfermos; se han propuesto disimularlo a fuerza de noticias falsas, reportajes fementidos y heroísmos de cartoon, de opereta ... bufa, pero de trágicas consecuencias. Estrictamente hablando, este mecanismo de domesticación social requiere una elaborada técnica de un crescendo dramático de anuncios y noticias alarmantes (“¡Todavía falta lo peor...! ¡Los próximos meses serán catastróficos, usté no sabe ...! Esto, va para largo...”), las que, no obstante que serían olvidadas a las pocas horas de ser proferidas, dejarán la deseada secuela de angustia y temor; pese a poder comprobarse con relativa facilidad su falsedad o simplemente su exageración, que al final el efecto es lo mismo. Junto a esto, le técnica sugiere la imposición de nuevas rutinas “legales” —desmoralizantes, faltaba más...— o giros inesperados que cercenen aún más las ya ilegítimamente reprimidas libertades, para que la sociedad perciba que toda espectativa de una pronta solución se vuelve cada vez más inalcanzable; el método es igual a como se domestica, se amansa un animal salvaje. Que es lo que somos en la consideración de los ... gobernantes.

Ya hay reacciones en muchos lugares; en Estados Unidos el “lockdown” es fuertemente impugnado; en las penínsulas latinas de Europa o en la Argentina, donde la paciencia popular ha tocado su punto más bajo; y de forma peligrosa. Hace pocas horas, el diputado italiano Vittorio Sgarbi ha denunciado en la Cámara de Diputados italiana, que la cifra de muertes por el coronavirus en su país, es un fraude, y que los muertos reales apenas rebasan los 900 casos; nadie le ha contestado ni le ha redargüido de falsdedad... Aquí se puede ver un video del episodio. La resistencia contra esta tortura ilegal llega a extremos muy altos. Rorate Cæli, esa tan meritoria página en inglés sobre la Tradición Católica, ha publicado un estudio muy sintético acerca de la inmoralidad del encerramiento indefinido; la asociación que nuclea a los médicos italianos han publicado recientemente una declaración severísima con el encierro y todo el procedimiento supuestamente sanitario del gobierno. Con razón el gobierno de la OMS en la Argentina ha buscado y logrado cerrar el Congreso como parte de su golpe de Estado, a fin de paralizar del todo sus sesiones o, al menos, hacerlas virtuales, por internet, que es como decir inexistentes o ineficaces...

En esta página hemos preferido sin embargo hablar de la inmoralidad del simple encierro, cualquiera fuese su término y circunstancias. Hace unas semanas, al comenzar esta locura hemos escrito sobre lo mismo, afirmando que no solamente era inmoral, sino ilegal, como probara más tarde un distinguido jurista invitado, y hasta perjudicial en altísimo grado y en muchos sentidos. Mucho más perjudicial que los supuestos males que deseábanse conjurar. Ahora, esto ya no cuela más, por que su sentido revoluconario se comienza a percibir y es preciso disimularlo, lo que ha exigido a los Gobiernos pasar a una etapa menos forzada o menos violenta, anunciando con bombos, platillos y más macaneos estrepitosos, que “ellos”, o mejor aún su meritísima actuación, habría logrado doblegar la mortífera singladura del impiadoso cuanto inhallable virus. Pues es claro que no en todos lados se acepta este precepto del Gran Hermano de igual grado.

Es prácticamente un hecho que muchísima gente ha roto la prisión domiciliaria por pura necesidad económica porque, si no se trabaja, se mueren ellos y sus familias. La respuesta de los intendentes del conurbano bonaerense es demostrar que están resueltos a convertirse en otros tantos sheriffs de Nottingham; a cualquier precio y caiga quien cayese, que parece ser ésta la aceptable justa entre gobernadores e intendentes para ver quién se lleva la presea del más cruel e injusto; que para eso son lo son... Otros, han roto las cadenas por razones puramente salutíferas (no que la causa anterior no lo fuera también, en sí misma), porque estar encerrado tanto tiempo sin ninguna distracción, sin contacto humano y familiar, es fatal y enfermante. Y otros, sencillamente por hartazgo y por ese empeño simple, admirable y criollo de exhibir su espíritu de contrariedad ante cualquier tentativa despótica. A estos últimos se les ha dirigido un sutil, sordo pero sibilino reproche desde unos hasta ahora impensables recovecos antaño “católicos” que ahora, presumiendo de un tomismo que no pasa de pura temulencia; y de ortodoxia, a la cual dejan menos que renga, protestan que las leyes del gobierno es moralmente necesario acatarlas, bajo pena de pecado... y de muerte. Y por supuesto, bajo pena de coraje, que estos sujetos no muestran ni que les maten. A esos les respondimos con nuestra anterior entrada, que los deja sin argumento ninguno, al quedar demostrada la triste verdad que encierra esta encerrona: la de un golpe de Estado, completamente ilegal y fuertemente inmoral, como además se demuestra en el artículo de Rorate Cæli que copiamos arriba. Tomismo y ortodoxia que se confunden llamativamente con insensatez y complicidad; pero más todavía con autojustificación y cobardía.

Al Gobierno le quedan entonces dos caminos; y sólo dos. O emplea la violencia contra los “infractores”, que en realidad son pura y simplemente “libertadores”, según lo que nos fuera explicado hace pocas horas por un destacado constitucionalista argentino; mas este es un camino que no tiene retorno y es de consecuencias imprevisibles, que además se confunde, mutatis mutandi, con ese gran cuco de todos los gobiernos progresistas: La odiosa Represión de los años '70, cuya similitud de situaciones con lo presente es patética ... para ellos. Había allí una emergencia nacional —bastante más tangible que el presente enemigo invisible, a través de una campaña explosivamente publicitaria emprendida por las organizaciones armadas terroristas—; se suspendieron algunas garantías constitucionales y se limitaron algunos derechos —no tantos como ahora e, inclusive, con el correcto dictado del Estado de Sitio por parte del Gobierno de Perón— para sostener, facilitar y permitir el uso de la fuerza represiva, la cual fue de una intensidad más o menos paralela pero de sentido contrario a la desplegada por los batallones marxistas. El aparato militar de las organizaciones terroristas fue desmontado, en efecto, pero prácticamente todos los oficiales participantes que aún conservaban la vida en los primeros años del siglo XXI, terminaron presos por haber empleado esa fuerza desplegada por el Estado, fuera de forma legítima o de cualquier otra forma; tanto por el gobierno peronista, con Perón mismo al frente (ninguno de cuyos colaboradores pasó ni una tarde en una comisaría por haber participado y, tal vez, urdido, la “guerra sucia”), o el gobierno de Videla, mal llamado militar. Después de todo y a diferencia de lo presente, fue una guerra y no una clase de ballet; pese a lo cual le fuimos opositores, no obstante nuestra juventud. Los mismos peronistas de las juventudes de aquel entonces, son ahora los gobernantes y funcionarios encargados de estrangular a la población argentina. Simplemente queríamos dejarlo asentado. El otro, el segundo camino que decimos, es intentar subirse a la cresta de la ola y comenzar a hacer lo mismo que los emprisionados: liberar zona tras zona o actividad por actividad, copiando más o menos el trazado del despliegue social y, de ser posible, adelantándosele en algo pero sin soltar nunca, de ningún modo, la correa atada al cuello de 44 millones de compatriotas.

Pero este camino, que por supuesto no tiene el costo político tan elevado del primero (si dejamos un momento de lado el tormento infligido cotidianamente a los más pobres e indefensos, que consumen o han consumido sus magros ahorros para sobrevivir como pueden), exhibe de todas formas su costado flaco, su trampa; como si dijésemos sus partes carnosas abandonadas al escrutinio sublunar. La liberación paulatina de nuevas actividades económicas deja al descubierto que el encarcelamiento domiciliario no habría tenido en ningún momento, ni en realidad, aquella declarada finalidad de salvaguarda sanitaria de la población ni, acaso, favorecer el sospechoso “aplanamiento” de una terrorífica cuanto imprevisible (y nunca vista) curva de crecimiento de la enfermedad, operación detestable en tanto reveló sin tapujos que el encierro de 44 millones de argentinos respondía, como única causa a la vista, a la inoperancia del Estado, gestionado por los partidos políticos y puesta en evidencia por una crisis que, al menos por estas latitudes, fue bastante modesta por no decir casi inexistente.

Queda así al descubierto que existe una verdadera incompatibilidad, una desproporción entre el aprisionamiento de la población y la protestada finalidad sanitaria; una desproporción de medio a fines que dejaría al descubierto al criminal aislamiento social como un mero ensayo revolucionario, maniobra táctica de ingeniería social, antes que una imposición de finalidad sanitaria, por descabellada que pareciese ser.

Existe, por supuesto, una alternativa intermedia, que no es la tercera en disputa sino una mera prolongación de la agonía presente, para tantear hasta dónde resiste el cuerpo social argentino; creemos firmemente que algo de eso se está urdiendo, máxime que se compadece muy bien con la táctica de imponer antipáticas demoras a la solución final o postergar su anuncio o no brindar ninguna noticia seria sobre le enfermedad, los datos diarios (salvo un boletín publicado por Ginés que es para salvar la ropa), o el anuncio de sorpresivas nuevas exigencias, visto que la finalidad no es otra que desmoralizar.

De modo que, en resumidas cuentas parece ser que, según lo visto y provisto hasta hoy mismo, lo único que se ha hecho en forma efectiva —no de palabra, que de éstas hay excedentes excrementales por todas partes— fue, “aplanar” la curva económica a millones de personas con el mero pretexto del bicho maldito, ubicuo e invisible; y desde luego, mantener suspendido sine die el culto católico, no obstante haberse empleado los templos para vacunaciones masivas que, como hemos dicho poco ha, han presentado tales condiciones de desorganización que son un rotundo mentís a su declarado fin sanitario, solo comparable al lamentable espectáculo de la gente mayor y ancianos haciendo larguísimas colas en la calle para cobrar sus jubilaciones en las puertas de los bancos, hace dos semanas; y por supuesto, situaciones de suyo más desordendas que cualquier celebración de la Santa Misa. Que sigue suspendida con la cobarde participación criminal —consciente o no, tal vez nunca lo sepamos— de aquellos a quienes Dios instituyó pastores, para regir y apacentar (mantener en paz...) las Iglesias particulares y confirmar a los fieles en la fe. Que ironía del Señor: hoy es el Buen Pastor. En síntesis: Ninguna de las acciones del Gobierno ni sus cómplices ha sido porporcionada ni al mal que se dijo querer conjurar; ni, tan siquiera en apariencia, era eficaz para tal fin. Queda en pie, en cambio, que el riesgo de contagio no ha sido, o acaso nunca fue, el criterio rector para este feroz ensañamiento estatal contra el colectivo nacional, cuya causa entonces habría que buscarla en otra parte. No hay nada que hacerle; ya lo hemos dicho tantas otras veces que hasta da verguenza repetirlo: el diablo comete sus fechorías y corre a esconderse, pero deja la cola afuera.

Que es como decir el tafanario al aire, faltaba más...

Feliz día del Señor. Hoy es la Fiesta del Buen Pastor en la Liturgia tradicional.

viernes, 24 de abril de 2020

Dura declaración de la Red Federal de Familias

La Red Federal de Familias, una institución privada fundada hace más de 10 años y dedicada a la protección de la familia, la familia y la moral familiar, ha emitido hace dos días una declaración cuyo contenido nos ha parecido preciso dar a conocer a nuestros lectores. Muchos piensan que este gobierno goza de un consenso absoluto de parte de la población nacional y que, consecuentemente, se encuentra habilitado para hacer lo que quiera, cuando quiera y como quiera; en particular, a causa del estado de excepción impuesto por la fuerza por el Poder Ejecutivo por motivos que, reales o no, han determinado la ampliación de la suspensión de los derechos constitucionales y dejado a la población en estado de indefensión frente a la tiranía. La Red Federal deja bien sentado que se está aprovechando insidiosamente dicho estado de emergencia, lo que es igual, la impotencia para obrar a la que ha quedado sujeta la sociedad por imposición policial, para introducir subrepticiamente la aprobación del aborto, corromper los contenidos educativos generales que, supuestamente, el estado no debería imponer sino antes bien custodiar aquellos que hayan decidido los padres, así como propiciarse desde las estructuras del gobierno conductas inmorales y contrarias a la Constitución, que prohíbe entregar a terceros o a gobernantes, el honor y la vida de los argentinos, y que únicamente consiente la actividad del estado en cuanto se halle ordenada a la moral pública e involucre relaciones de justicia. He aquí la declaración:

ESTADO DE SITUACIÓN

Frente a las complejas y confusas circunstancias públicamente conocidas por las que atraviesan nuestro país y el mundo entero, la RED FEDERAL DE FAMILIAS se ve obligada a emitir este comunicado para llamar la atención sobre diversos asuntos que han pasado inadvertidos o que han sido considerados de forma ligera y tangencial, y que, sin embargo, afectan directa o indirectamente, su Ideario.

En el marco de excepcionalidad y emergencia que suponen la cuarentena y el confinamiento decretados por el Gobierno Nacional y la consecuente paralización del país; ante el estado de ánimo en que se encuentra la población, acicateada incesantemente por los diversos medios de comunicación, públicos y privados, e intimidada en general por el temor al contagio; y considerando la legítima incertidumbre y angustia respecto de una salida que no se vislumbra y de un futuro que se presenta sombrío, resulta difícil pretender que el hombre común preste atención a otras cuestiones que no sean ésas que se le presentan como de urgencia inapelable, pero que no pueden pasar inadvertidas.

Las difíciles coyunturas que nos aquejan no nos autorizan a aflojar en la lucha en la que estamos implicados y, mucho menos, a abandonar nuestros principios sino que, por el contrario y de cara a ellas, nos obligan a reafirmar una vez más nuestro compromiso de reconocer, difundir y promover la vigencia en el orden social, de los siguientes principios no negociables y constitutivos del Ideario y la finalidad de la Red: a) el respeto y la protección de la vida humana en todas las etapas de su desarrollo, desde la concepción y hasta la muerte natural; b) la estructura natural de la familia fundada en el matrimonio de un varón y una mujer, abierto a la transmisión de la vida; c) el derecho y deber originarios de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas; y d) la procura y promoción del bien común como deber de gobernantes y gobernados.

En esta comunicación, queremos destacar, principalmente:

  1. Que ratificamos nuestra defensa irreductible de los derechos del niño por nacer y que, por lo tanto, repudiamos las aclaraciones del Ministerio de Salud de la Nación, emanadas el pasado 13 de abril, declarando que el acceso a la interrupción ilegal del embarazo y a los métodos anticonceptivos quedan fuera de las restricciones impuestas por la cuarentena por cuanto se considera a ambos como “servicios esenciales” de salud. Así también impugnamos las adquisiciones, mediante compras directas y por sumas millonarias sustraídas a la atención de la emergencia declarada, de materiales diversos y de sustancias, como el Misoprostol, destinadas a la atención de aquellas prestaciones. Dicho Ministerio había recomendado suspender los servicios y controles de rutina para no sobrecargar el servicio sanitario.
  2. Que la afirmación del presidente Fernández acerca de que la prioridad es la vida se contradice abiertamente con la simultánea declaración precedente, no rectificada, acerca de que la interrupción voluntaria del embarazo (eufemismo por aborto) es una prioridad esencial, lo que demuestra su falsedad e hipocresía. El manifiesto ministerial es, por otra parte, coherente con la promesa hecha por el mismo Presidente ante ambas Cámaras y cuyo cumplimiento ha quedado en suspenso por la restricción de actividades legislativas, de enviar al Congreso de la Nación, desde la misma oficina presidencial, un nuevo proyecto de lega-lización del aborto.
  3. Que la intromisión del Estado en el derecho y el deber de los padres de educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas se ha puesto de manifiesto en la presentación de plataformas educativas, aprovechando y jugando con la situación actual y con la suspensión de la actividad escolar, con elementos ideológicos, el uso de idioma mal llamado inclusivo y, en las clases de ESI, cargadas de ideología y de propuestas aberrantes. Esa intromisión se produce en los hogares, sujetos al confinamiento, por medio de todos los instrumentos públicos de difusión.
  4. Que los ataques a la vida y a la familia se ponen de manifiesto en tales intromisiones y en el plan de corrupción que ellas suponen, así como en las recomendaciones para la cuarentena, también procedentes del gobierno nacional, de recurrir a prácticas sexuales aberrantes en sustitución de las relaciones personales impedidas por causa del encierro forzado.
  5. Que, en ese orden, apuntamos que hay una relación directa entre las “prácticas aberrantes” a las que esta declaración alude y la violencia contra la mujer que dicen querer erradicar. La pornografía y los hábitos sexuales que se sugieren desde el Estado inducen a cosificar al otro y verlo como mero objeto de la satisfacción individual. Numerosos estudios muestran la relación entre el consumo de pornografía y la violencia sexual. Recomendar el consumo de pornografía y decir que se quiere reducir la violencia contra la mujer es tan hipócrita como afirmar que la “prioridad es la vida” y que el aborto es un “servicio esencial”.
  6. Que advertimos que desde el Estado se emiten diversas medidas y consejos destinados, supuestamente, a promover el cuidado de la salud corporal, a la vez que se lanzan ataques directos a la salud moral y espiritual de los individuos y de las familias a los que va destinada la actividad gubernamental. Mientras tanto, el ejercicio público del culto se ve imposibilitado, bajo el pretexto de impedir la concentración de personas* , a la par que se permite la concurrencia pública a supermercados y bancos.
  7. Que, en orden al bien común comprometido, queremos destacar los daños, no sólo económicos —que son gravísimos— sino morales, psíquicos y espirituales que se siguen de la prolongación del confinamiento de personas y familias, muchísimas de ellas en condiciones precarias, sin perspectivas más o menos inmediatas de una conclusión. Parece que no hay plan alguno de salida de esta crisis y que el único remedio que se encuentra es el dejar que transcurra el tiempo a la espera de una solución mágica.

El enunciado precedente es sólo eso, un enunciado no exhaustivo hecho con el propósito de poner de relieve algunos de los aspectos que se ocultan detrás de la situación de emergencia en que se ha puesto a la población, y a la Nación entera.

Frente a tales circunstancias, nosotros nos mantenemos alertas y activos, trabajando en nuestros proyectos y observando lo que se hace en el otro campo, para estar en condiciones de dar una condigna respuesta cuando las cosas se modifiquen.

Destacamos que nuevamente y como se viene haciendo desde el año 2010, se ha presentado en el Congreso de la Nación el proyecto de ley de Protección Integral de los Derechos Humanos de la Mujer Embarazada y de los Niños por Nacer, que ha tenido entrada en la Cámara de Diputados el 2 de marzo bajo el n° 33/2020, y que antes del inicio de la cuarentena cosechó la firma de 25 miembros de ese cuerpo.

Tomemos conciencia de nuestra finitud, recobremos la calma si la hemos perdido y no nos dejemos ganar por el pánico, por el temor desmedido a la enfermedad y a la muerte, que indefectiblemente nos afectara a todos y a cada uno de nosotros.

Cuando ella nos alcance, que nos encuentre firmes en nuestra posi-ción, cumpliendo nuestro deber y con la mirada puesta en las cosas de lo alto y no en las mezquinas y torpes apetencias de los bienes caducos de esta vida mortal.

Buenos Aires, 22 de abril de 2020.


* Se ha permitido que muchos templos católicos de Mendoza o la ciudad de Buenos Aires se emplearan para vacunar gente mayor de 65 años, supuesta edad inicial de un riesgo progresivo para la salud en caso de contraerse la infección. Se han visto así aglomeraciones muchísimo mayores y, sobre todo, más desordenadas, que las presenciadas los domingos durante la celebración de la Santa Misa. Ésta es la coherencia del gobierno al disponerlo y de los obispos al permitirlo, desde luego manteniendo siempre la prohibición del culto a Dios.

lunes, 20 de abril de 2020

Una entrevista jurídica

Cuando éramos muchachos lo tuvimos de profesor de una materia del Colegio Secundario que se llamaba “Instrucción Cívica”; en las instuciones católicas se pretendía así, formar a los “educandos” (nunca supimos porqué razón no seguíamos siendo, simplemente, alumnos como habíamos sido de chicos) en ciertas reglas básicas de convivencia social, enseñar algunas leyes políticas elementales, como la Constitución Nacional o el por entonces inexistente en la práctica sistema electoral y cosas por el estilo. Las percepciones que de las enseñanzas de este profesor recibía cada uno era diferente pese a su extraordinaria facilidad de palabra y una simpatía penetrante y segura; dependiendo sobre todo de la idiosincrasia política predominante en cada casa familiar, a la cual por esas edades se hallaba uno muy adherido, y puesto que la sociedad argentina siempre estuvo —por lo menos hasta que la toga de la madurez enredó nuestra vida y, si no diluyó, al menos amoldó muchas de nuestras creencias juveniles— fuertemente politizada o, mejor aún, particionada por los partidos políticos o la idiosincrasia política familiar. Para los nacionalistas católicos más extremos, oir hablar de la Constitución de Alberdi, quien en realidad poco y nada tuvo que ver con un texto que salió misteriosamente de la voluntad política de Urquiza y, según se cree, de la pluma de Mariano Fragueiro, Juan María Gutiérrez y uno o dos personajes más, era poco menos que una herejía de leso paredón. Pero la verdadera razón que para el nacionalismo católico merecía la mayor repulsa, era cierta dogmática inaceptable sobre la soberanía popular y, por supuesto, el sistema de partidos: la odiada “partidocracia”. Por su lado, los sectores más amoldados al statu quo inaugurado en 1853 (con las reformas de ...) aceptaban la constitución como la fórmula única e invariable de convivencia, fuera de la cual, todo era inaceptable y digno de una merecida Revolución Libertadora. Por fin, la izquierda triste y deprimente, en sus dos vertientes más fulgentes: la peronista y la marxista dura la rechazaban también; los primeros, porque “el general”, decían ellos, había inventado otra mucho mejor en 1949 que, aseguraban, se conformaba muchísimo mejor con los intereses “del pueblo trabajador”, de los “obreros”, de la Nación, etc. y en cambio, la antigua era liberal, lo que afirmaban sin otra prueba que su propia afirmación. Los marxistas duros, también la rechazaban porque decían que la Constitución era burguesa y liberal, protegía la propiedad privada y la explotación del pobre por parte del rico y, por encima de todo, tenía esa odiosa cláusula sobre la Religión del Estado...

Pasaron muchos años desde nuestra natural separación, pero su nombre seguía llegando hasta nosotros, casi siempre, como sinónimo de juicio recto, ponderado y sensato en la materia que, andando los años, supimos era la suya por afinidad connatural: el constitucionalismo; era “constitucionalista”, y de los buenos. Lo consultaban de otros lados, que es como decimos aquí que era un hombre de consulta internacional. Había sido fiscal, juez, juez de cámara y profesor universitario durante muchos años. Su imagen serena era recurrente cuando los asuntos candentes de carácter institucional o constitucional desvelaban la serenidad nacional y se buscaba alguna palabra ecuánime y sólidamente fundada; cosa que ocurría con mucha frecuencia en un tiempo ahora lejano. Pero muchísimo menos a partir del año 2001, donde su especialidad —no nos agradecería decir que es un especialista— era cada vez, menos requerida, justamente por resultar crecientemente necesaria.

Como hemos mantenido con él lo que podríamos llamar una cordial amistad llena de respeto y admiración, por nuestra parte, y de sincero afecto por la de él, hemos abusado de su casi octogenaria placidez para interrogarlo por teléfono sobre algunos asuntos de actualidad, en ese horario en que los búhos salen a buscar su presa... Desgrabada que fuera la conversación, se la remitimos para que la corrigiera y, fecho, la copiamos aquí para nuestros lectores. Se han dejado casi todas las expresiones en su estado original, hasta donde se ha podido hacerlo sin perjudicar la comprensión y una puntuación indispensable, pero mínima.

P. Buenas noches, doctor. ¿Cómo va llevando este encierro...?

R. Gusto de oirlo, ... A mi edad estas cosas son menos importantes o, por lo menos, más llevaderas; pero como comprenderá me preocupa mi familia. La salud de mi familia y sus trabajos que están en peligro por una economía detenida por completo. Mi profesor de Economía Política decía que la economía era como los tiburones: o se mueve o se hunde. Por lo demás, tengo el jardín a mi disposición y mis libros, a pesar que mi vista ya no es buena. Lástima no poder ir a Misa ...

P. Pero doctor ¡Ud. no era practicante cuando lo conocimos...!

R. No crea todo lo ve...

Risas de ambos lados de la línea...

P. Bueno... Pongamos algo en orden este reportaje, ¿qué opina del decreto de necesidad y urgencia del Presidente disponiendo lo que se llama vulgarmente “la cuarentena”...?

R. Me parece que hay que distinguir bien dos cosas: la oportunidad y la materia del decreto; y aún dentro de ésta última, cabría hacer algunas distinciones. Veamos primero lo relativo a la oportunidad. Los decretos llamados “de necesidad y urgencia” guardan algunas similitudes con los que en los Estados Unidos se denominan “órdenes ejecutivas delegadas”, es decir, decretos sobre cualquier materia, en principio ajena al Poder Ejecutivo, cuya competencia le corresponde de forma nativa a otro Poder del Estado: el Poder Legislativo pero que, a causa de circunstancias de emergencia o de lo que jurídicamente deberíamos llamar con más propiedad “estado de necesidad”, no permite disponer de tiempo material para gestionar su sanción como es debido; o sea que la Constitución permite dar por abreviado el procedimiento legislativo ordinario en homenaje a una situación extraordinaria dada que impide seguirlo, y urge dar una solución legislativa. Quiero detacar que lo permite el texto constitucional en casos de situaciones de emergencia es sortear el procedimiento regular, siempre que sea absolutamente imposible seguirlo (el destacado es del profesor). La Constitución de 1994, establece en forma tajante la veda al Poder Ejecutivo para “emitir disposiciones de carácter legislativo”; esta prohibición es, como principio, absoluta. El texto constitucional es clarísimo: “en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable” es admisible al Poder Ejecutivo dictar medidas de carácter legislativo; lo dice el artículo 99. Claro está, que NO debe tratarse de aquellos casos del resorte del Poder Legislativo que hayan sido delegadas anteriormente al PEN, porque entonces existiría una delegación y el decreto sería legítimo; pero sería un error llamarlo o englobarlo en los casos de “de necesidad y urgencia”, como hacen inclusive algunos autores, porque la delegación es una cuestión completamente distinta a las situaciones de urgencia que impidan el procedimiento normal legisferante. Desde luego, no se debe tratar de alguna de aquellas otras materias que menciona el texto magno como excluídas de los Decretos de Necesidad y Urgencia: “materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos”; a las cuales sin embargo deberían agregarse aquellas otras que son competencia específica y exclusiva del Congreso. Ahora bien: En una manera que hemos criticado muchas veces por no adaptarse a una técnica legislativa precisa, ajustada y exenta de contradicciones, la Constitución permite delegar algunas facultades legislativas en el Poder Ejecutivo, como dispone el artículo 76 de la Constitución, por parte del Congreso. La materia de la delegación es muy limitada, circunscripta a aquellas “...materias determinadas de administración o de emergencia pública”. Y esto está en el texto del artículo 76 después de reiterar, en consonancia con el artículo 99 que le mencioné recién, que “se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo”...

P. Perdóneme doctor, que lo interrumpa, pero necesito que nos haga una aclaración: ¿Usted dice que la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo es algo completamente distinto a los Decretos de Necesidad y Urgencia...?

R. ¡Por supuesto, claro que sí...! Son dos cosas completamente distintas que, sin embargo, suelen mezclarse por ser ambas, situaciones en las cuales un Poder del Estado dispone de una facultad, de una competencia que es exclusiva de otro Poder. En un caso existe una delegación autorizada por la ley, por la constitución, para ciertas materias específicas bajo condiciones precisas, muy precisas... En el otro caso, el Poder Ejecutivo se toma la atribución de adelantar la implantación de una norma jurídica, una ley digamos, pero que aparece bajo la forma de un decreto. No se olvide que en el régimen nuestro el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo son colegisladores... ahora no entro en eso. Y el Ejecutivo lo hace previendo que no habrá tiempo suficiente para llevar a cabo todo el procedimiento constitucional para la formación de las leyes...

P. Doctor ¿la materia, entonces de los decretos de necesidad y urgencia, debería ceñirse únicamente a aquellas en las cuales se permite la delegación...?

R. ¡Muy bien pensado, pero no se adelante! Algo así es lo que hemos sostenido en la cátedra y nuestros artículos. O sea, que la facultad de dictar decretos de necesidad y urgencia, si bien tiene un régimen propio referido a su oportunidad (subraye esta palabra) que es la imposibilidad de seguir un procedimiento regular agregado a un estado de necesidad, ambos concurrentes; esta facultad, decimos, no es para cualquier materia, no puede ser omnicomprensiva, es decir abarcar toda la materia legislativa prevista en la Constitución como competencia exclusiva del Poder Legislativo, porque sería absurdo. No solamente porque le está prohibido al Poder Ejecutivo, como regla general, ejercer funciones legislativas “en nignún caso y en forma absoluta y bajo pena de nulidad insanable”, lo que sugiere dos cosas: uno, que la regla permisiva, a pesar de que existe, es de interpretación sumamente restrictiva, porque si no el sistema de la soberanía de cada Poder del Estado dentro de su propia esfera de competencia, que es la base del sistema institucional argentino, quedaría vulnerado porque, ¿cómo decirle...?, sino porque además se “desarmaría” toda la estructura constitucional y convertiría a los gobernantes en meros usurpadores.

P. ¿Y segundo..?

R. Paciencia, allí voy... Y dos, que una interpretación racional de la regla del artículo 99, inciso tercero, obliga a no olvidar bajo ningún concepto que allí, al comienzo del inciso, se mantiene intacta la prohibición de no ejercer facultades legislativas en ningún caso siendo que su violación arrastra la sanción de nulidad absoluta e insanable. Lo que en términos vulgares es que lo obrado así, no vale nada de nada... A ver: Es jurisprudencia antigua y pacífica de la Corte federal que ninguna parte de una ley debe dejarse invalidada por una interpretación jurisprudencial que haga prevalecer una parte en desmedro de otra, dejándola en la sombra de la ... invalidez. Las leyes deben interpretarse con integridad textual y contextual. Máxime con la Constitución debe tenerse este cuidado, esta previsión. Si las delegaciones de las atribuciones del Congreso en el Poder Ejecutivo, en principio, están proscriptas y, por su lado, la asunción repentina y sorpresiva de esas competencias está sancionada con nulidad absoluta e insanable, puesto que no debería darse en ningún caso, la interpretación armónica de estas disposiciones sugiere no ya una interpretación altamente restrictiva de los decretos de necesidad y urgencia, sino una expresa limitación a aquellas solas materias que, en ciertas circunstancias, el Poder Legislativo delegaría o podría delegar en el Ejecutivo sin violar la separación de funciones, competencias o poderes...

P. Claro. Pero fíjese...

R. Espere un momentito por favor... Las normas dictadas por el PEN en ejercicio de competencias legislativas, está dicho, no valen nada de nada, pero a renglón seguido, en el párrafo siguiente, se autorizan estos decretos para ciertos casos de emergencia y con las limitaciones que hemos visto; eso significa que solamente puede hablarse de verdaderos decretos de necesidad y urgencia cuando, además de darse las condiciones de oportunidad que hemos dicho ya, dos veces, se tratase de una materia permitida, no prohibida de forma expresa ni exclusiva del Congreso. Se concluye que no puede ser otra que aquella misma que se autoriza al Poder Legislativo a delegar en el Poder Ejecutivo, es decir custiones de administración o de emergencia pública, como establece el artículo 76. Aún así, estos decretos tiene una validez jurídica efímera, pues una vez dictados, el gobierno debe remitirlos de inmediato a la Comisión bicameral Permanente del Congreso y en un plazo máximo de 20 días, ambas cámaras legislativas deben aprobarlos o rechazarlos. Se lo digo en forma sintética...

P. ¿La emergencia pública que Ud. dice, incluye las emergencias sanitarias? En caso afirmativo ¿con qué limitaciones?

R. Claro. Por supuesto incluyen las cuestiones sanitarias e inclusive le diría, uno pensaría que son las más próximas a las hipótesis de “emergencia”... Pero siempre dentro de los carriles de la legalidad; no se pueden suprimir derechos constitucionales, o dejarlos sin efecto, ni suprimir un poder del estado o la posiblidad de peticionar a las autoridades como ...

P. ¡Por favor, doctor...! Un momento porque va muy rápido para nosotros... Déjeme ver: ¿Se pueden entonces, en función de una emergencia sanitaria, dictar toda clase de disposiciones que ...?

R. ¡No, no, no...! De ninguna manera cualquier clase de disposiciones, sino aquellas que se exigen para reparar el estado de necesidad, para retomar la vida institucional regular; no se olvide la clase de asuntos que estamos tratando. Son reglas para situaciones que alteran el orden regular, el procedimiento regular de carácter institucional para la formación de las leyes, razón por la cual deben quedar limitadas a ese único fin, que es restablecer la institucionalidad, normalizarla, hacerla funcionar nuevamente en este específico camino que es la formación de las leyes y no para cualquier cosa o capricho...

P. ¿Se podrían limitar o suspender derechos constitucionales o garantías constitucionales...?

R. No, no. De ninguna manera; la reglamentación de los derechos constitucionales es otra cuestión diferente a lo que es exigido para los decretos de necesidad y urgencia que, como le digo, es restablecer la vida institucional, no dictar cualquier tipo de normas; eso sería inconstitucional y las normas serían aparentes, no serían otra cosa que aparentes, carecerían de toda eficacia, serían nulas de nulidad absoluta e insanable como dice el inciso 3º del artículo 99 de la Constitución. En nuestro régimen constitucional, los derechos constitucionales no se pueden suprimir ni suspender jamás, bajo ningún concepto ni en ningún caso. Por supuesto, los derechos constitucionales pueden ser reglamentados por el Gobierno, modalizados, sin que esto suponga ni permita alterar la substancia del derecho que se trate. Así lo ha dicho nuestra Corte desde hace más de 100 años sin intermisión. Lo que autoriza la Constitución cuando se ha decretado el Estado de Sitio es una suspensión de las garantías constitucionales. Es el artículo 23 de la Constitución. Se pueden suspender en los lugares afectados al estado de sitio... pero no los derechos constitucionales sino las garantías...

P. Un segundo, doctor, dos aclaraciones ... una aclaración: el estado de sitio ¿lo declara el Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo, o ambos...? Y otra: Qué pasa cuando en una zona de guerra o afectada por una epidemia, por ejemplo, no se pueden ejercer los derechos constitucionales ...

R. Sí, correcto... El estado de sitio tiene, por principio, dos modalidades, una normal y otra excepcional, aunque siempre es una situación extraordinaria la que le da lugar. La conmoción interior, concepto amplísimo en realidad, y el ataque exterior son los dos supuestos que contempla el artículo 23. La declaración corresponde ordinariamente al Congreso, artículo 75, inciso 29; en casos de conmoción interior y, casi con seguridad, en el de ataque exterior siempre que haya tiempo para hacerlo. Si no fuera así, el Poder Ejecutivo tiene la facultad, solamente en esta hipótesis de ataque exterior, de decretarlo por sí mismo, ad referéndum del Congreso y mediando acuerdo del Senado. El Poder Ejecutivo también puede decretar por sí mismo el estado de sitio en casos de conmoción interior cuando el Congreso está en receso, que en nuestros días es casi nunca... Por supuesto, el Congreso tiene la facultad de revocar esta declaración al reanudar sus funciones, o mantenerla. En cuanto a lo demás que me pregunta, la respuesta la tiene Usted en su pregunta: No se trataría de una supresión o suspensión de los derechos constitucionales declarada por el poder político, sino de una simple imposibilidad de obrar física, fáctica, material. Es una cuestión de hecho, no de derecho. Son dos cosas bien diferentes...

P. Está bien... Para nuestro nivel de comprensión, es clarísimo todo lo que Usted ha explicado. Ahora bien: El decreto del presidente Fernández disponiendo el cese total de la movilidad ciudadana, los transportes casi totalmente paralizados, el “aislamiento social” y demás cuestiones, sin excluir la suspensión de los servicios religiosos... ¿qué opinión le merece?

R. Pues vuelvo al principio; hay dos cuestiones a tratar: la oportunidad y la materia tratada. Se podría admitir que la oportunidad fuese propicia, no obstante que, en el momento de la sanción del decreto, el Congreso estaba sesionando, en período de sesiones ordinarias desde el primero de marzo, porque había una urgencia en salir del estado de necesidad creado por la cercanía de la epidemia que de hecho, al momento del decreto aún no se había declarado ni había certeza sobre su progreso. Pero concedamos provisoriamente que la oportunidad fue propicia, para despejar esta primera parte de la incógnita y a pesar de las graves dudas que he explicado recién a raiz del funcionamiento del congreso. Segundo, la materia. Se podría haber tratado de poner en estado de alerta a la Administración, una materia propia del resorte del Ejecutivo, a los hospitales y a todo el sistema sanitario bajo la dependencia del Estado. Pero cuando se pretendió, y en efecto se dispuso, intervenir los derechos constitucionales de los habitantes de la Nación prohibiéndoles circular libremente, comerciar, trabajar, estudiar, ejercer industrias lícitas, asistir a su Culto religioso o indicando qué actividades estaban fuera del ámbito permitido, excedió su competencia y transgredió la ley. Esta prohición no surgía del texto del decreto sino por extensión, es decir por implicancia, porque si se limita o suprime el derecho a transitar libremente, el de comercio se torna un derecho ilusorio, como el de asistir al Culto, etc. y tantos otros. Siempre se ha sostenido la interdependencia de los derechos constitucionales: si se suprimen los derechos básicos, los demás son fantasías, ilusiones, declaraciones vacías y no derechos. Por otra parte se han violado casi todos los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, que forman parte del plexo constitucional, y no voy a discutir aquí en qué grado se da esta integración... el plexo constitucional, como los derechos familiares a asistirse recíprocametne, visitarse, alimentarse si fuera el caso... Encerrando a todo el mundo en su casa a cal y canto se ha impedido el elemental derecho a ganarse la vida, puesto que muchísima gente vive de lo que gana al día; muchas pequeñas empresas y comercios se encuentran al borde de la bancarrota a causa de estas medidas, mal eufemismo le digo, que de hecho están suprimiendo toda una clase socio económica completa.

P. Pero entonces ¿nada debió haberse hecho...?

R. Nada debió haberse hecho así, de este modo brutal... Por de pronto, en lo que es lo nuestro, si se consideraba conveniente limitar el ejercicio de algunos derechos constitucionales, no suprimirlos ni suspenderlos, claro está, porque eso no se puede hacer nunca; para limitar su ejercicio, y dejar en suspenso algunas garantías constitucionales, debió haberse dictado el Estado de Sitio conforme al procedimiento para hacerlo establecido por la Constitución y las leyes. Mire: nuestra Constitución es una de las pocas en todo el mundo que posee una regla como la del artículo 29, que prohibe a la autoridad pública poner en riesgo o a disposicón de terceros, terceros que pueden ser el propio gobierno, la vida, el honor o la fortuna de los habitantes de la Nación... Esta suspensión general de actividades, este encierro colectivo, ha puesto seriamente en peligro la vida y la fortuna de millones de argentinos. Se encierra a los condenados por delitos; y aún ellos, salen al patio dos veces por día y pueden ir al médico, reciben visitas familiares una vez a la semana y todo eso... Pero los encerrados estamos peor que los presos...

P. ¿Qué pasaría con una acción de amparo? Están en la Constitución ¿no?

R. El Gobierno ha cerrado el Congreso Nacional y ha obligado a la Corte a cerrar Tribunales dictando feria judicial sine die. Esto es una locura nunca vista; el Poder Ejecutivo no solamente se arroga competencias, facultades que la Constitución porfiadamente le deniega, sino que suprime a los otros dos poderes del estado que deberían controlarlo, contrapesarlo, creando un vacío, una crisis institucional nunca vista en la Argentina; y según lo que yo sé, en todo Occidente, aún en casos de guerra, que afectaban una porción de un territorio nacional y no a la totalidad, como estableció el presidente. No existe en este momento el Poder Judicial; los juzgados, que son los tribunales ordinarios, aquellos donde el ciudadano peticiona, acciona y plantea su propuesta de .... restañamiento del abuso del derecho, que se llama en derecho procesal la “pretensión”, están cerrados. La Corte Suprema es un tribunal excepcional, ordinariamente de derecho y no conoce originariamente en ninguna causa, salvo algunas específicas asignadas por la Constitución. Uno no puede ir a la Mesa de Entradas de la Corte a iniciar un amparo, por que imagínese lo que ocurriría... Las Cámaras tienen competencia apelada y no originaria para asuntos ordinarios. Es decir que la Justicia está sencillamente desarmada. De los jueces de feria ni hablemos... Por lo demás, cualquier juez puede conocer en un amparo, es verdad. Pero habría que convencerlo para que se lo tome, primero, y que lo tramite después. Por de pronto, es posible que se sintiese obligado a remitirlo al juez de feria, con las consecuencias que son de imaginar...

P. Me atrevo y le pregunto ¿cómo calificaría Usted lo que está pasando?

R. Mire, como mínimo y sin arriesgar un calificativo que aún es prematuro, sí le puedo decir que es el casus del artículo 36 de la Constitución Nacional. Sin la menor duda y según lo que le he explicado, es nada menos que un acto de fuerza del Poder Ejecutivo, que ha interrumpido “la observancia [de la Constitución] por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos. Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el Artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas. Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles. Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo”.

P. Ahora que Usted cita este texto, nos surge la idea de preguntarle algunas cosas más antes de pasar a otro asunto: ¿Este artículo no está referido solamente a la interrupción forzada del sistema democrático? ¿Es ilícito obedecer una ley dictada en esasa condiciones?

R. El texto es clarísimo en cuanto a que la conducta prevista es un acto de fuerza, violento o no violento, porque la ley no distingue y donde la ley no distingue, no corresponde distinguir; es decir alguna clase de fuerza ejercida sobre y contra el orden institucional que tenga eficacia para suspender la Constitución. Este orden institucional mencionado allí es distinto a lo que llamaríamos un clásico golpe de estado militar, por ejemplo, porque el texto distingue claramente entre los dos supuestos: actos de fuerza “contra el orden institucional y el sistema democrático” dice el artículo, siempre que tuvieren suficiente eficacia como para interrumpir “la observancia” de la Constitución. Los actos de fuerza no son necesariamente vías de hecho violentas, pudiendo ser presiones irresistibles o fuerzas emboscadas u ocultas, insidiosas, con idéntica eficacia de desarmar el acto voluntario de la víctima, que es lo determinante... como el caso que Usted tiene en el artículo 78 del Código Penal, entre otros. Por lo tanto, bastaría que se presente el resultado típico: “interrupcion de la observancia de la Constitución”, que es la consecuencia típica o efecto directo de esos “actos de fuerza” contra el orden constitucional y el sistema democrático, que son los medios de comisión del delito, más que el delito en sí mismo, que es, repito, la “interrupción de la observancia de la Constitución”. Confirma lo que le estoy diciendo la parte del artículo donde leemos “tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias”. Es evidente que la primer consecuencia de este tipo de alteración del orden institucional, es la usurpación de competencias que la Constitución asigna a los órganos cuya creación está dispuesta en su texto. Mire, perdone si soy demasiado técnico, pero la cuestión es muy técnica y la figura penal del artículo 36, figura penal genérica digamos, es novedosa y jamás ha sido juzgada por nuestros tribunales que se sepa... Usurpar funciones asignadas por la constitución a órganos específicos, es cualquier abuso de poder bajo la forma de “desviación de poder”, que es el nombre más apropiado, realizado en ocasión de estos hechos de fuerza y aprovechando la indefensión del sistema institucional. Vea, es clarísimo, no hay dudas que si se suprime la funcionalidad del Congreso, se desmonta la Justicia y se dictan decretos violando derechos constitucionales, se está en presencia de este tipo penal. Por supuesto, no se pueden obeceder estas disposiciones, por que son nulas absolutamente e inconfirmables.

P. ¿Y el decreto o ley que sancionara el jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, prohibiendo a los mayores de 70 años salir a la calle sin permiso del gobierno?

R. Una barbaridad... yo no vivo en Buenos Aires, pero no se puede permanecer impasible ante un atropello así... Primero. Es una invasión, una tremanda desviación de poder, usurpación de facultades, que, si pudieran existir, serían privativas del Gobierno federal, porque la reglamentación o inclusive la suspensión temporaria o limitada geográficamente de algunos derechos constitucionales, de la constitución federal, pertenece por derecho propio al Gobierno Federal, es decir al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo Nacional, cuando existe declarado el Estado de Sitio. Este gobierno local no tenía competencia para dictar una regla como lo ha hecho. Pero por otra parte, ha violado una norma constitucional eminente, cual es la igualdad ante la ley. No se puede prohibir a una persona el ejercicio de un derecho básico sobre el fundamento de la hipotética desventaja de la edad, que es como decir una incapacidad presunta por que es discriminatorio y viola el artículo 16...

P. ...pero se puede prohibir o no permitir a alguien hacer alguna cosa, en razón de su edad...

R. Por supuesto, por supuesto, pero es distinto. En lo que atañe a los cargos públicos, se refiere a la idoneidad para realizar alguna cosa o llenar alguna función, no a la edad como acepción de personas... No se puede permitir a un chico andar con un arma de fuego, por ejemplo, ni casarse, o antes, impedir que los menores vieran espectáculos que no se correspondían con su madurez sexual o psicológica... porque no tiene aún idoneidad, aplicando por analogía este criterio de la idoneidad... Precisamente la constitución refiere que la única circunstancia que debe tenerse en cuenta para realizar el ideal de la igualdad, es la idoneidad; se trata de igualdad entre iguales a raiz de su idoneidad, es decir, de su aptitud para enfrentar esas cosas. La falta de idoneidad de las personas adultas no se puede presumir ni su debilidad a causa de la edad, porque son situaciones muy variables de una persona a otra; no hay dos personas iguales. Para eso existe el procedimiento judicial de inhabilitación, es decir que la inhabilitación de una persona, de cualquier edad, a causa de alguna impotencia vital, es competencia ordinaria del Poder Judicial, cuestión de hecho y prueba... La aptitud, la capacidad en sentido amplio, no es solamente, como piensa casi todo el mundo, un conjunto de saberes adquiridos en tal o cual casa de estudios, o una experiencia en tal o cual cosa... Se trata de todo eso, además de la madurez y experiencia necesaria para hacer frente a lo que es debido, bien hecho, cuando hay que hacerlo. Hay mucho escrito sobre esto y... ¡nos vamos de la cuestión...! (risas...)

P. Perdón... ¿No seria lo mismo que impedir que los mayores de 70 años salgan a la calle...?

R. No, para nada... Esa, llamémosle, prohibición, se basa en una conjetura pseudo científica, o médica, un prejuicio, y no en un principio de aptitud real... así que no, no guarda ninguna relación... es una típica acepción de personas. Y además las medidas de protección de personas o las de inhabilitación son del exclusivo resorte judicial como le digo.

P. Perfectamente... aclarado. Vamos terminando, que ya es tardísimo... Una pregunta más. ¿Qué opina de la suspensión de los servicios religiosos...?

R. No se preocupe por la hora... Los viejos dormimos poco, y es más que entretenido hablar de lo que uno se ha dedicado toda la vida... Otra vez es preciso distinguir; por lo que me han dicho, existen dos tipos de prohibiciones, no necesariamente tales en sendos casos. La primera es una recomendación de la Congregación para el Culto Divino de principios de marzo que procura que se tomen todas las medidas convenientes para evitar los contagios. La segunda distinción que hacer, son las disposiciones que tome cada ordinario local conforme a sus facultades canónicas y en vista de la recomendación de Roma, las que según creo no son todas iguales, ni por el mismo lapso de tiempo ni tampoco iguales en cuanto a los actos de culto previstos. Y por tercero, la contenida en el decreto de Fernández. Los decretos y normas eclesiásticas no son mi campo, así que no hablaré de ellos. En cuanto a lo del Poder Ejecutivo, vuelvo a distinguir. Constitucionalmente, todos los habitantes de la Nación tienen derecho a profesar libremente su culto, artículo 14. Como cualquier derecho constitucional, no se puede suprimir ni suspender, pero el gobierno puede reglamentarlo y, de hecho, aquí están reglamentados los cultos no católicos, al menos en cuanto a su reconocimiento oficial, exenciones impositivas, y demás ventajas que se acuerdan a los cultos religiosos en general; excepcionalmente, pienso que podría decretarse que los actos de culto se hagan en un lugar y no en otro o en tal o cuál horario, cuidándose de no alterar la substancia del derecho afectado. No entraremos en eso, salvo para repetir que no se puede suprimir un derecho constitucional y su reglamentación es de interpretación restrictiva, nunca supresiva. Con la Religión Católica el caso es diferente porque existen dos disposiciones eminentes, el artículo 2º de la Constitución y el Concordato con la Santa Sede de 1966, que establecen, el primero, que el Estado sostiene el Culto católico, apostólico y romano, de modo que en ningún caso puede suspenderlo ni permitir que se suspenda, porque el hecho de encontrarse esta regla en el texto constitucional, significa que es un derecho de todos los habitantes del país, antes que un derecho de la Jerarquía de la Iglesia y aún, comprensivo de éste; es un débito del Estado con los habitantes y con la Iglesia Católica y por eso se encuentra en la Constitución política. El Concordato, en su propia terminología, admite, garantiza y sostiene la soberanía de la Iglesia Católica, dentro de su propia misión y conforme a su estructura jerárquica, que es en algunos casos de derecho divino, en cuanto al ejercicio del Culto, su organización y demás cuestiones propias. De manera que si se suspenden las actividades religiosas por decreto, a pesar de su incontestable inconstitucionalidad, no podría alcanzar nunca al Culto Católico.

P. No se imagina cuánto le agradecemos esta contribución ... ¿quiere agregar alguna cosa?

R. Mi sentido deseo es que esto termine cuanto antes; el daño económico, sanitario y moral que ya se ha infligido a la Nación con estas eufemísticamente llamadas “medidas”, aunque es ahora inconmensurable, no se deja de prever pavoroso...

P. Gracias doctor.

martes, 14 de abril de 2020

Nos copian ...

Algunos días atrás proponíamos al Cardenal Primado de la Argentina una solución católica para encarar un problema sanitario y comenzar a resolver otro problema anticatólico: Que saliera en un carro de bomberos a recorrer la ciudad, como sucedía cuando éramos chicos o, mejor aún, en un helicóptero, bendiciendo a su paso Buenos Aires y todos sus alrededores con el Santísimo Sacramento. En la certeza que el muy honorable cuerpo de Bomberos facilitaría todos los medios necesarios al Divino Cuerpo de Jesús, Quien quiso mantenerse esclavo, necesitado y enclaustrado en la apariencia del pan y dependiente en todo de buestra buena, o mala, voluntad.

Hasta aquí, todavía no ha sucedido. Pero parece que esta modestísima bitácora habría tenido alguna repercusión incluso en Rusia, la otrora religiosa Rusia; y es que cierta noticia nos está llevando a sospechar que los obispos ortodoxos rusos, que serán todo lo cismáticos que se quiera desde la perspectiva católica, son más religiosos que (muchos) obispos locales. Acaso el modernismo no los haya herido tanto en lo más profundo de la Fe, como a nosotros; ni el irenismo les haya carcomido (del todo, porque ha sido la herejía esencial en los tiempos soviéticos) el coraje religioso. Según informa Messainlatino en su última entrada, los Obispos ordinarios de Minsk, en Bielorrusia y de Odessa (Rusia), uno montado en un helicóptero del Ejército y el otro en una camioneta, desde las alturas o el camino, se han puesto a bendecir la comarca a su cuidado con agua bendita y algún santo ícono. Nosotros propusimos hacerlo nada menos que con Cristo mismo, en Cuerpo, Sangre, Alma y Divinidad, aunque también era posible hacerlo con Agua Bendita. No obtuvimos respuesta alguna de la jerarquía católica en la Argentina; no todavía, claro. Mientras tanto, ¿serían nuestros amables y escasos lectores tan diligentes como para hacer llegar este asombroso video a los Ordinarios locales? Si no por virtud, quizá por envidia, algo sucedería... Santa envidia, por supuesto.

Quedamos en que los bielorrusos y los rusos no solamente nos ganaron de mano: además demostraron que este blog se lee también en aquellas latitudes impensadas.

No hay nada que hacerle: Nadie es profeta en su tierra.


lunes, 13 de abril de 2020

La Revolución soroástrica

Es absolutamente claro, para quien quiera ver la realidad y no pretenda seguir mirando fuera del tarro, hacia esas sombras de sus peores y más funestas pesadillas y temores, que esta cuarentena, o lo que sea que fuera —porque las cuarentenas eran el aislamiento forzado de los enfermos y no de los sanos— y porque se practicaba con algunos pocos viajeros, y no con millones de habitantes de un país básicamente sano, pero enfermo de estupidez y ceguera; que esta cuarentena, decíamos, no tiene ni ha tenido nunca una finalidad sanitaria. A lo sumo, como excusa, como pretexto o como escenario, pero nunca como realidad.

Lo cual, por desgracia, se deja entrever con relativa facilidad entre las plumas carroñeras (de escritorzuelos y de tramoyistas...) que los políticos ponen en escena frente a los ojos del pueblo, a fin de lograr su más perfecta idiotización y engaño. Pero no bien se manejan criteriosamente las pocas informaciones veraces disponibles, la tramoya cae completa y hecha añicos, a los pies de los camorristas y ante la vista de cualquiera que no quiera seguir tapándose los ojos.

El discurso parafrástico del Viernes Santo, con clara intención de ocultamiento, no ocultó en efecto nada de lo esencial; que no hay mayor signo de desprecio que intentar engañar con la verdad. Jamás se había visto entre nosotros que un político osara secuestrar y profanar las fechas santas, para adornarse de supuestas virtudes mundanas mediante chocarrerías de ocasión. Por lo menos hasta que ciertos verborrágicos pajarracos perpetraron la invasión, primero, del púlpito reservado a la cátedra de la Palabra de Dios; y después y ante el permisivismo cómplice de los inservibles custodios, simplemente los enteros templos (los católicos, ¡por supuesto!) para reiventar el ya gastado escenario partidario o para refutar aquellas mismas verdades cuya prédica justificara la existencia de esas cátedras profanadas. Templos que, ahora, cerrados al Culto verdadero y escondiendo aún más al Dios verdadero y escondido, encuéntranse ahora habilitados como centros vacunatorios de cuarta categoría, en medio de un risible y contradictorio escenario de amancebamiento viral.

El parlanchín informó a la Nación toda que, gracias a él (por supuesto, dijo gracias al comprensivo pueblo... que lo habría votado) no nos habíamos visto obligados a rendir una exorbitante cuenta de infectados, restando apenas una cifra real bastante menor a los 2.000 —atención: entre los anteriores y los actuales—, después de más de mes y medio de lanzadas las paroxísticas alertas que, con o sin razón, alarmaban con la promesa de miles de muertos y centenares de miles, sino millones, de infectados. Por supuesto, citó al “enemigo invisible” —suprema impostura burlesca a todos los oyentes— antes de soltar sus patoteriles amenazas penales que, no creemos errar en esta apreciación, intentarán sostener las sucesivas etapas del plan que vamos a explicar. La quasi sincera exposición de un "medio" —que pese a su pomposo nombre y sus buenas intenciones no logra llegar a la mitad de nada— deja aclarado el tópico: «Pero cuando las preguntas (del encuestador) se orientaron respecto a quienes infringen la cuarentena y a los empresarios especuladores, en un giro punitivista sin precedentes, el 94,8% apoyó la criminalización de infractores y un 82,1% el control estatal de la producción y distribución de bienes esenciales No mintió cuando habló del Enemigo Invisible; y es invisible porque existe más que nada en la imaginación de un pueblo devastado durante años por la tiranía de una propaganda falsaria, repugnante y depresiva. Desde luego, los virus son visibles; con microscopios, que para eso existen, pero son visibles. Fuera furcio o acto fallido, el reconocimiento de haber empeñado a toda la Nación en una guerra contra algo que no es visible, nos releva de mayores pruebas acerca de la existencia de esta complaciente patraña.

Guardado en su tintero quedó que la cantidad de víctimas fatales —reales o figuradas, porque la información oficial no permite saber las causas reales de las defunciones contabilizadas por el trampero Ginés— ha sido, desde que el Gobierno comenzara a sembrar el pánico, las cuarentenas o los demás abusos de poder, prácticamente la misma o aún menor, que las cobradas en los pocos segundos de aquel fatídico 22 de febrero de 2012, cuando el espantoso accidente de la Estación Terminal (en su sentido más trágico) de la Plaza Miserere, del ramal ferrocarrilero tan justicieramente llamado Sarmiento —denominado el tren de la muerte por el pueblo— se cobrara las vidas de 52 personas; más un saldo de unos 700 heridos de los cuales muchos, tal vez la mayoría, fallecieron más tarde a consecuencia de las gravísimas lesiones recibidas. Se le podrían sumar algunos cuantos decesos más: 11 muertos y 228 heridos provocados por el fatal accidente ferroviario en la Estación Flores del ferrocarril Sarmiento (sí, el mismo ramal de antes); el 13 de septiembre de 2011. En ninguno de esos episodios, poseedores del incuestionable derecho a ser considerados hitos históricos como el que más, se oyó la voz de su actual compañera de fórmula, en ningún sentido. Ni se dictaron decretos inconstitucionales y draconianos para amansar y doblegar la moral de los parientes de las víctimas ni a la población con la amenazante promesa de su encierro indefinido... a causa de la culpa de ser argentinos y estar sanos, como ahora.

Por el contrario, los que siempre gozaron de libertad incondicional por tiempo indefinido fueron los secuaces de aquellos gobiernos de ocupación, muchos de los cuales han retornado a sus habituales “ministerios” ganados tras muchos años de militancia ideológica.

El hombre fue clarísimo y hasta acertado en la táctica de un discurso neblinoso y crepuscular: Afirmó preferir un desconocido aumento de la pobreza nacional, que no es poca ni mucha sino muy grave, en canje a no tener que contar unos cadáveres que, ciertamente, se acumulan solamente en su imaginación, a fin de alimentar la de los oyentes; porque desde que comenzó este infernal paroxismo de la epidemia o lo que fuera, no se ha hecho otra cosa que hablar y hablar de miles y miles de infectados y muertos, para aterrorizar, nada menos, que a quienes ya estábamos de antemano destinados a la muerte, de la cual —como es sabido— nadie escapará. Por la causa que fuera, la muerte siempre es muerte y a todos nos llegará: POR coronavirus, o CON coronavirus en algunos (muy pocos) casos, que todavía no es muy claro este renglón de las estadísticas oficiales. Pero nadie parece haber reparado en la astucia de esta pequeña estratagema de prestidigitación verbal (si se permite la extrapolación) consistente en asustar a 50 millones con un acontecimineto que, de todas maneras y más tarde o más temprano, sucederá igual hágase lo que se hiciere. Más todavía: su asombrosa monserga prácticamente deja suspensa en el aire la idea que él, que es el héroe humilde —cualidad que se está pregonando de ciertos personajes públicos con notoria ausencia de virtudes reales— de la jornada, ha vencido a la muerte, domesticado a la bestia invisible, el virus maligno e impalpable que tiene aterida a toda la nación. Que para muchos —porque sensatos algunos quedan— no es otro que el propio disertante.

En síntesis, más de lo mismo: Cifras acomodaticias y gigantomaquia matemática, exageración radical de los hechos más simples o, inclusive, intrascendentes, y una confusa miniaturización de toda la gama de soluciones reales aplicables al problema —real o ficticio, repetimos— con el correspondiente fuerte incremento dialéctico de las alternativas; que son las claves usuales para enrevesar y confudir a toda una sociedad reducida a la inanidad por el miedo, en un clima propicio al golpe de estado, al cambio violento e inconstitucional de rumbo con frente a un destino que, por lo menos al pueblo, le aparece incierto y probablemente desdichado, si hemos de juzgarlo por las herramientas puestas en acción por sus autores. No en vano algunos profetas regulares de la subversión, como el mundialista de marca Henry Kissinger, llevando a cuestas su impenitente casi centuria, o el recientemente revelado episodio de George Soros que habría exigido al presidente argentino de ocupación que se aumente la presión sobre la economía, salen a auxiliar a éstos, sus epígonos locales. El gobierno no ha desmentido la llamada del magnate financiero al presidente, ni tampoco ha dejado de obedecerle...

Fértil e ideal terreno para sembrar una revolución “en paz”, es decir, subvertir todo el orden establecido, sin que los ánimos enmohecidos por el encierro, el desencanto y, acaso, la depresión desmoralizante, se levanten en franca oposición al nuevo y perjudicial estado de cosas.

Lo que parece ya irremediable y, sino confesado, paladinamente admitido, es que tode este proteico escenario de encierros, enfermedades fantasmales, barbijos, amenazas policiales y judiciales y, más que nada, millones de parados forzosos, tiene como destinataria a la otrora fortísima clase media; la cual ahora se tambalea bajo el peso de un cese forzado de actividades de un injustificable alcance nacional, amenazándola con grave ruina. Ya dijo el hombre que eso, por lo menos a él, no le importa y que hasta lo prefiere “a lo otro”: prefiere, en sus palabras, que baje un 10% el PBI antes que los muertos, bla, bla, bla.... Sanata pura: Porque no se trata, en verad, de bajar o subir un porcentaje del Producto Bruto Interno de aquí o de Marte. Lo real que encierra la irresponsable frase, es la suerte fatal de una gran cantidad de vidas, seguramente millones, que se verán definitivamente afectadas y perjudicadas por todo esto; pero el número que fuera, a este hombre no le importa, a tal punto, que prefiere reducirlo a una serie de porcentajes estadísticos, antes que admitir lo que en efecto son: vidas humanas en medio de una crisis inmensa que las tiene por víctimas.

Ya decía José Antonio Primo de Rivera que, donde existiera una clase media fuerte, no triunfaría nunca una ideología política perniciosa y segurmente, ninguna tiranía, como el comunismo. Porque la clase media es decidida y, tan cercana como está de la pobreza, de la cual es compañera vital por pura proximidad física, y de la cual huye con constancia, esfuerzo y tesón, luchará con denuedo para mantener lo que ha alcanzado y le pertenece con todo derecho. Por cierto, bajo la acerba crítica, ruin y envidiosa, de los marxistas, que siempre han querido reservar su mayor vituperio y desprecio hacia quienes ellos llaman despectivamente los “burgueses” —acaso por no poseer su cualidad moral del esfuerzo cotidiano superador, o tal vez a causa de esa debilidad moral del ideólogo, sumada a innegable estupidez y la haraganería propia del revolucionario profesional— y a quienes ven como sus peores obstáculos; antes bien que a los verdaderos enemigos de la clase menos favorecida: los que acumulan riquezas y desprecio por esta clase trabajadora en ascenso, a la cual también quieren destruir —llamando presidentes si es preciso— pero únicamente para ponerla a su servicio a precio de ocasión, de remate. Por eso, por concitar el odio de los dos materialismos, siempre congeniales y siempre socios en lo básico, es decir, en su mística materialista, codiciosa, ruin y envidiosa, la clase media está llamada a sufrir los ataques desde uno y otro lado; y por lo tanto, obligada a defenderse con todo lo que tiene a su disposición, tanto del capitalismo liberal, como del marxismo revolucionario.

Atención pues: Este abortista de turno y que ha sentado a otro igual o peor que él en el manejo de la política sanitaria nacional, aposentado en el sillón merecidamente llamado “de Rivadavia”, no solamente intentará matar a los hijos y nietos de los argentinos, impidiéndoles nacer; al presente quiere quebrarlos o matarlos a ellos, moral y económicamente, para reducirlos a la piltrafa de una clase menos que obrera —o, como se dice por aquí con inexcusable servilismo ideológico: “trabajadora”, como si los demás fueran todos haraganes—, reconvertida por arte del aplastamiento en pura clase servil, esclava y empobrecida; y de paso, embrutecida en el escarnio de la lujuria fomentada, y envilecida con un asistencialismo de cuenta gotas del todopoderoso gobierno... mundial, del cual dependerán sus vidas y las de los suyos y sumirlos en el servicio de los acaparadores que, tontos no son, ya no consienten el “cuentapropismo”. Jorge Bergoglio nos acaba de regalar otra perlita para la corona (virus) del poder mundial, al recitar proféticamente su monserga del salario universal; eso es lo que busca el poder mundial: un mundo se asalariados cuya conducta servil será la regla para medir sus subsistencias. Es decir, la destrucción sistemática de la verdadera libertad de empresa. Eso es lo que busca este encierro: quebrar moralmente toda resistencia para desarmar el mundo que conocemos, y rearmarlo a gusto de los poderosos. No confundirse en esto: los comunistas y los liberales son codiciosos, cada uno a su modo, y antagonistas en lo mediato; pero los dos comparten el mismo odio por la independencia económica de los demás, a los que ven como objeto de su saqueo, al vaivén de su común adoración al dios Mammón. Y ninguno de los dos tiene piedad de nada.

Al mismo tiempo, se intentará cernir al máximo aquella única tabla de salvación que, profetizando sobre estas dos devastadoras bestias, las ha anatematizado para advertencia del mundo: la Religión católica, santa y verdadera, a la cual se intentará reducir al nivel de un club de fútbol —ya existe la competencia de ambos quehaceres por la primacía de los horarios dominicales; sin que nadie, pero nadie, hubiese querido ver la malicia de tan “inocente coincidencia”, a la que consideraban estúpidamente deliciosa— tal como ya está sucediendo en Italia en estos precisos momentos. Se han reabierto los bares, las casas de comercio y, en general, se ha reanudado la vida más o menos normal, menos ... los espectáculos deportivos y las funciones religiosas, que continúan suspendidas sine die. Los obispos —en general decimos, salvando los deseables casos particulares— ni mú y el ex—Vicario de Cristo, tampoco ha abierto la boca, pese a ser tan suelto de fonaciones vacuas o displicentes; y a no ser para adelantar las bondades de ese hipotético “salario universal”, paga que vendría a ser por el trabajo esclavo del que estamos hablando. Los presidentes de los clubes de fútbol, en cambio, sí que han puesto el grito en el Cielo; que es dónde deberíamos ponerlo nosotros, los católicos y sobre todo los que no lo son porque, después de todo, los bautizados tenemos el Cielo más disponible, si hemos de creer en la gracia propia del Sacramento del Bautismo.

No creemos en una represión sangrienta del catolicismo, aunque pudieran existir casos aislados. El demonio que rige los destinos del presente enemigo desea ganar las almas perdidas, después que se pierdan, mas no crear mártires que, no solamente se van al Cielo, sino que su sangre es semilla de santidad futura.

¿Lograrán llevar a cabo este plan las fuerzas ... que sean? No lo sabemos; tampoco lo creemos fácil ni posible en muchos aspectos. Pero es evidente que es lo que se intenta hacer —y entre nosotros a todo vapor— sobre todo en países de pasado católico o mayoría católica. Casualidades nomás ...

El motivo de nuestra esperanza —porque la tenemos y por eso nos atrevemos a asumir esta horrenda tarea de poner por escrito estas cosas— es primero y primordial, de orden sobrenatural porque, tal como lo hemos afirmado tantísimas veces en este reporte: El Plan de Dios no puede fracasar, aunque se piense que el demonio tiene poder suficiente para demorarlo. Perp si Dios ha permitido todos estos males, e inclusive si ha consentido que su cínica formación tuviera lugar bajo nuestras propias narices, cuanto asimismo ha querido permitir lo que haya tenido esta epidemia y sus consecuencias políticas de castigo y prueba para una cristiandad abotargada por la herejía y la apostasía, es porque Él puede sacar bienes de cualesquier males, quedando patente así la Gloria de Dios. Y cuánto más notoria sea la Gloria de Dios, más cercana está la salvación de los hombres; esa es la causa del celo de los santos por la Gloria de Dios. No hay, no existe, argumento más extremo y poderoso a favor de la santidad que la propia Gloria de Dios, visto que nadie —ni siquiera los que han perdido el juicio, que al día de hoy no son pocos ni anónimos...— desean su propio mal, sino que la aspiración al bien es no solamente la más fuerte tensión de la naturaleza, sino que cuanto mayor sea el bien anhelado, mayor esfuerzo se impondrá a su consecución. Y la Gloria de Dios, gozarla para siempre, insertarse en la Vida Divina, es el bien supremo por antonomasia y que, cuando fuera expuesto por Dios mismo, atraerá hacia Sí toda la creación en un instante como la Luz Indefectible a los ciegos.

Lo segundo, es de orden natural y tiene dos renglones que parecerían complementarios: Uno, que el materialismo es estéril a la hora de pretender demoler las cosas del espíritu, razón por la cual ha tenido históricamente que valerse del asesinato; y no tanto por no creer en ellas, que de todas formas no las cree, sino por prescindir de ellas y no conocerlas como se debería conocer a cualquier enemigo al que se quiera debelar. Pero el espíritu es el resorte de las obras corporales del hombre; los marxistas no lo creen porque desprecian, o descreen, lo que hay de eterno en las cosas humans, como ejemplificara F. Engels en su subversiva y miope obrita de ciencia ficción “El origen de la familia, la propiedad y el estado”, que ha un merecido lugar precipuo en el museo de los fracasos anunciados o de las profecías insensatas. Dos: al menos por aquí, el proyecto no se presenta tan fácil a pesar de mantenerse asustada a la población, drogada y docilizada con el doble terror del bicho invisible y de la policía y la cárcel, sea de esto último lo que fuere. Por lo tanto, cuando el hombre normal, ahora asustado, comprenda que la muerte con que le atemorizan, tarde o temprano le alcanzará porque es un débito de obligado pago, solamente por haber vivido sin importar si lo ha hecho bien o mal, perderá el supersticioso temor que le produce algo desconocido que, de todos modos, a todos nos ha de alcanzar; y entonces saldrá a defenderse. Sobre todo, si prevé que su muerte llegue con la ruda secuela de la pobreza para los deudos que deja, a pesar de haber llevado una vida previsora, dedicada al trabajo y al sacrificio y como neta consecuencia del saqueo estatal y de su cobardía pasada. Es cierto que todos, pero absolutamente todos, nacemos y morimos en la más extrema pobreza; pero no hay porque dejar desamparados a los que quedan en este mundo por no haber sabido defender nosotros, aún a costa de la vida, los bienes que Dios nos ha dado; cuando esto se comprenda y suceda lo que tiene que suceder —decimos— y no antes, la resistencia andará cercana y el fin del experimento, será un hecho.



domingo, 12 de abril de 2020

Pascua de Resurrección

No dejaremos paso al día de mañana, sin saludar cumplidamente a nuestros admirables seguidores por esta nueva etapa de la Resurrección del Señor, ahora en los Cielos y, tal vez, alistándose para volver... Día aciago por otras causas que, remotas o próximas y créase o no, sí tienen mucho más que ver con la Pascua de Resurrección que con microscópicas excusas.

A festejar la Gloria de Dios y compartir la alegría de Nuestra Madre del Cielo, a Quien rogamos protección, inspiración y resignación, todo a una. Que mal no nos vienen ni ahora ni nunca.

lunes, 6 de abril de 2020

Absuelto y liberado el Cardenal Pell

Pocas horas atrás, el cardenal George Pell, ex arzobispo de Sydney y de Melbourne, ha sidos absuelto de las cinco acusaciones de abuso deshonesto por las cuales un tribunal australiano lo había condenado, en marzo de 2019, a seis años de cárcel. En el momento de su FALSA acusasción y de su condena, era el encargado de los asuntos económicos del Vaticano.

Pell, de 78 años de edad, ha pasado un año en la cárcel a causa de la condena que le fuera impuesta, mientras esperaba el resultado de su Apelación ante el Tribunal Superior de Brisbane, el cual ahora se ha pronunciado rotundamente a su favor. Los diarios, maliciosos como de costumbre, aseguran que ha sido absuelto a causa de la aplicación del “beneficio de la duda”, artilugio semántico para dejar incoado en el ánimo del lector que se trató de un mero “tecnicismo legal”, locución empleada cuando una señora absolución no cuadra con sus planes preconcebidos. Lo cierto es que el Tribunal ha revocado la condena por considerar que no existía prueba suficiente de los hechos acusados, y partiendo del principio procesal universal que exige que quien afirma un hecho, deba probarlo acabadamente. Es decir: un acusado no debe probar su inocencia, la cual se presume, sino la acusación demostrar plenamente su caso. Lo cual aquí no ha sucedido. El fallo fue dictado por unanimidad de los siete (si, siete) jueces que fallaron la causa.

El caso del cardenal Pell es realmente notable, por la saña con que fuera perseguido por los medios de difusión a pesar de haber demostrado fehacientemente en el juicio, abierto a causa de una denuncia realizada sobre la base de supuestos hechos ocurridos en 1990, que la acusación que se le imputara era de comisión fácticamente imposible, lo cual viene a ser ahora admitido por el Tribunal de Brisbane. Por otra parte, en el momento de iniciarse la causa penal en Australia, Pell se hallaba en el Vaticano intentando enjugar y resolver algunos turbios negociados financieros en el Vaticano por encargo del Papa Bergoglio, desde su función de Secretario de Asuntos Económicos de la Santa sede. Su tarea fue llenada por personajes de poca monta que resignaron el cargo a los pocos días de haberlo aceptado. Apenas conocida la sentencia de primera instancia, el papa Bergoglio >depuso al cardenal, lo suspendió de su ministerio sacerdotal y lo despidió de la Secretaría de Asuntos Económicos.

El cardenal Coccopalmerio mantuvo hacia 2014 y 2015 una tenaz y acidulada resistencia contra el cardenal Pell a causa de su designación en dicha Secretaría, cuestionando no solamente los poderes que se le habían acordado para disponer en los asuntos financieros a fin de obtener cierta dosis de transparencia en los manejos de dinero, sino impugnando a la persona misma del cardenal australiano. A su vez, el cardenal Coccopalmerio se encontró vinculado a varios escándalos que se suscitaron en el Estado del Vaticano relativos al uso de drogas y rehabilitación de personajes sospechosos.

Pues bien; algo de Justicia se ha hecho.



domingo, 5 de abril de 2020

Encerrona

Por esas cosas que a veces tiene uno de fakir o, acaso, de masoquista irredento, y para ayudar a pasar las largas horas de nuestro decretísimo encierro, este cronista tuvo la idea, nada mala en principio, de ver una película española reciente ... Como es ya connatural a las producciones españolas, cuenta con excelentes actuaciones y una magnífica producción que, emparejada con un fotografía insuperable y una dirección bien lograda, hace que el espectáculo visual sea memorable. Sobre todo, ahorrándonos a nosotros, pobres víctimas, aquellas exageraciones de los espectaculares pero desagradables efectos especiales hollybudenses. En lo demás, parece de Hollywood. O de Hellwood, mejor. Hay blasfemias a porrillo, insultos a la Patria, militares siempre desengañados de su deber, que sólo Dios sabe porque entonces lo cumplirán y algún fraile, fatalmente drogadicto y, por supuesto, ateo. De la historia auténtica -la de buenas y confiables fuentes- nos parece que nada de nada.

La película es una versión nueva de “Los últimos de Filipinas”, de Antonio Román, estrenada en 1945. Román era un director español de películas clase B, generalmente bien hechas. Como casi todo el cine europeo, el libreto cinematográfico es excepcionalmente bueno; obra del diplomático, compositor y escritor español Enrique Llovet, a quien pertenece el boceto original para difusión radiofónica, y el guión hecho en colaboración con Enrique Alfonso Barcones y Rafael Sánchez Campoy. Del cual, es bueno tenerlo presente, no ha quedado casi nada en esta remake, salvo los hechos esenciales. Llovet ha sido también el autor de la bellísima y melancólica habanera “Yo te diré”, que canta Nani Fernández en la versión de 1945.

Las actuaciones son muy buenas, especialmente la de Luis Tosar en el papel del teniente Cerezo; es un actor creíble, natural y de buen oficio, sin ese sobrecargo de dramatismo que algunos colegas transatlánticos, ocasionales compañeros de reparto que cruzan el mar para buscar cierto éxito que su terruño les niega. La producción es bastante buena aunque creemos que el vestuario deja algunas pequeñas astillas al aire; la fotografía, elogiable, como casi siempre sucede con el cine peninsular. El lenguaje no es de fines del siglo XIX, se nos ocurre.

El Sitio de Baler puede considerarse la última gran hazaña del Imperio Español con la cual se cierra heroicamente, como no podía ser de otra manera, su existencia. Los hechos son éstos: Unos sesenta soldados españoles se encierran en una pequeña capilla en el pueblo de Baler, isla de Luzón, para resistir o morir en el intento, un asedio de los tagalos filipinos rebeldes, cosa que hacen durante, nada menos, que un año casi completo. Finalmente caen en razón que España se ha rendido a los yankis y que éstos se han dado a la, para ellos, familiar tarea de masacrar a los ingenuos filipinos. Hay algunos desertores y dos son fusilados por el terrible jefe del destacamento, Teniente Cerezo; sin él, la hazaña no habría sido posible, no existiría. La férrea determinación castellana corre naturalmente por sus venas tremendas y decididas, con el mismo vigor con que los soldados y misioneros castellanos recorrieran toda América a pie, conquistando y evangelizando, todo a una. Y no solamente por las de él, sino por las de todo el destacamento. Sabemos a ciencia cierta que han sido los soldados quienes instaran a su jefe a resistir, siguiendo la prédica de dos frailes heroicos que la película no solamente convierte en uno solo, sino por añadidura drogón, mostrenco y hasta ateo por donde se mire. Desde luego, no es una película histórica, sino sobre un hecho histórico.

El problema, porque aquí hay uno, es que no está reflejando —aún con las indispensables noveleras licencias— el verdadero espíritu de los sitiados de Baler, herederos incuestionables del heroísmo español y ellos mismos actores de una asombrosa hazaña la cual, sin enorme grandeza de ánimo, no fuera posible; más bien se refleja a algunos peninsulares de hoy en día: cobardes, resueltos sí, pero para vivir en la inmundicia, apáticos con su Patria y, lo que es peor, apóstatas de Su Dios. No son españoles; por lo menos no de la clase que aquí llamamos españoles, sino meros peninsulares: modernos, progres, cínicos y democráticos. El director de la vista, además, nos quiere dejar sembrada la idea de la existencia de algunas sucias intenciones detrás de una determinación heroica que, o fué realmente heroica, o sencillamente no hubiera podido ser; incurre así en una infeliz contradicción que ni es española, sino saturnina, ni heroica. Más bien cubana moderna, castrista, como el libretista, o guionista de la cinta, oriundo de la feliz isla de Fidel. Vaya uno a saber qué puede pasar por la cabeza de un cubano milenial filmando una hazaña española del siglo XIX.

Cuando se le pregunta a un español contemporáneo cuándo terminó ese formidable imperio donde jamás se ponía el sol, afirman sin titubear que cuando se perdió Cuba y Filipinas tras la Guerra del 98. Esa es la percepción popular más común. Sin embargo, ni Cuba ni Filipinas eran ya, propiamente, reinos de un Imperio sino que, a osadas de los borbónicos despropósitos inaugurados por Felipe V, eran simples reliquias del pasado imperial, cachondas colonias que no dudaron ni un instante en aceptar a su nuevo dueño en lugar del español. Así les fue, es claro. Es llamativo este gesto negacionista ibérico respecto del Gran Imperio perdido por Fernando VII entre 1814 y 1819, cuando se negara a reconocer a sus vasallos de los Reinos de Indias como los verdaderos sostenerdores de su corona imperial de Castilla. El Manifiesto del Congreso de Tucumán habla, comprensiblemente, de “tamaña ingratitud” del rey; Fernando era un rey ingrato, o más bien un auténtico y descarado rufián y un patán asombroso. No solamente se negó a recibir a los embajadores rioplatenses que le ofrecían la restitución del Imperio de sus antepasados, en 1814, sino que mientras México se debatía con estertores de guerra interior, vendió a los norteamericanos buena parte del Virreynato de Nueva España por medio del Tratado de Adams-Onís, violando la regla de la “inenajenabilidad americana” (Libro III, título Primero, Recopilación de Indias, 1680), dispuesta por Carlos V. Caso notable y vinculado a los episodios que muestra esta vista, es el de don Emilio Aguinaldo, primer Presidente de la República de Filipinas en 1898, quien acudiera en 1941 al funeral por Alfonso XIII organizado en Manila por los españoles residentes. No poca sorpresa causó a los presentes; pero mucho mayor fue la declaración que dejara asentada 15 años más tarde, ya casi centenario:

Sí. Estoy arrepentido en buena parte por haberme levantado contra España y es por eso que, cuando se celebraron los funerales en Manila del Rey Alfonso de España, yo me presenté en la catedral para sorpresa de los españoles. Y me preguntaron por qué había venido a los funerales del Rey de España en contra del cual me alcé en rebelión… Y, les dije que sigue siendo mi Rey porque bajo España siempre fuimos súbditos, o ciudadanos, españoles pero que ahora, bajo los Estados Unidos, somos tan solo un Mercado de consumidores de sus exportaciones, cuando no parias, porque nunca nos han hecho ciudadanos de ningún estado de Estados Unidos… Y los españoles me abrieron paso y me trataron como su hermano en aquel día tan significativo…

16 de diciembre de 1958.

Luego del “destape”, los derechos de bragueta —como risueñamente los llama el gran Gordo de Prada— con que soñaba el peninsular medio y la descalificación planificada de todo aquello que fuera auténticamente propio y católico, han encontrado su “nicho” en el celuloide peninsular. Cierto que no ha hecho carrera y lo que el público —que tonto no es y sabe muy bien por qué pagar— ha elegido no son las comedias inmorales o los bodrios pornocráticos y antifranquistas elogiados por la prensa, siempre venal, del régimen; los que habrán pasado, conforme a sus méritos, sin ninguna pena que pagar ni alguna gloria que les honre. La elección ha recaído en cierto cine dramático o humorístico y también el de corte policial o de suspenso, donde el ingenio local suple con holgura la tontera de los “efectos especiales”. Un ejemplo destacable es la película “Contratiempo”, de Oriol Paulo, 2016, que a nuestro juicio es una verdadera joya cinematográfica. Es verdad que estos frutos en sazón son cada vez más escasos porque, de alguna manera, el cine no deja de revelarnos los defectos y acaso las pocas virtudes del pueblo que los produce y los consume. Si la “Guerra de las Galaxias” es un mamarracho congenialmente yanki, cosa que nadie osa dudar, España, pensamos, tiene todavía algunas cosas para ofrecer en este difícil y altamente competitivo renglón del fotograma. Son cada vez menos por desgracia, porque la democracia, el sanchopancismo y la extrema acidez de una autocrítica rayana en la locura suicida y siempre enfermiza y macaneadora, adunada a esa hipoteca “progre” que embarga todo lo bueno, los ha dejado sin temas que tratar con la elegancia, la frescura y el color que el medio requiere. Algunos parecen haber olvidado que el celuloide es vengativo; su arma predilecta es un ridículo imborrable.

Pero el cine español en su conjunto, ha sido magnífico y eso no se puede negar, cuanto que abarca varias décadas de genuinas creaciones geniales. Parecía un arte que había sido creado para ser español; los españoles son grandes actores natos y han tenido magníficos directores y fotógrafos y, en muchas ocasiones, han sabido burlarse de sí mismos con humor y grandeza, algo muy hispano, como prueban irrefutablemente Quevedo y Cervantes. Recordamos aquí “Bienvenido Mr. Marshall” y “El verdugo” o la más reciente “El Abuelo”, protagonizada por Fernán Gómez y Rafael Alonso sobre una novela de Benito Pérez Galdós; unas genialidades que, volvemos a decirlo, no se han visto precisadas de masacrar torrentes de dólares en producción ni al sentido común, ni ofender la inteligencia ni la prosapia del espectador, todo a una, para llegar a ofrecer un genuino espectáculo.

«—Oiga Usté; pero todo eso del masoquismo ¿qué pinta aquí...?»

Pues que la película narra nada menos que un encierro de casi un año, figúrese usté tamaña desgracia...