n un artículo firmado por un tal John Tavis, publicado en Catholic News, que es la página noticiosa de la Conferencia Episcopal norteamericana, se afirma que el Vaticano ha derogado el limbo... La noticia, que estaría referida a un documento supuestamente elaborado por la Congregación para la Doctrina de la Fe, guiada por el cardenal Joseph Levada —de cuyos servicios, se afirma en corrillos vaticanos, Su Santidad desea prescindir prontamente— no ha sido difundida por ningún medio católico oficial ni por algún otro organismo de la Santa Sede, ni tampoco se halla en el sitio del Vaticano destinado a este tipo de documentos. Tampoco se trata de la condena del perverso baile afro—caribeño creado por Chubby Checker y que lleva ese nombre, de connotaciones eróticas y satánicas; lo cual, de todas formas, hubiese sido saludable. Se trataría específicamente del limbo de los inocentes o limbo de los niños, lugar o estado de quienes sin portar ninguna culpa propia, mueren con el pecado original o sea, sin el bautismo.
No obstante esto, supuestas partes de su contenido han sido transcriptas por distintos medios de difusión públicos occidentales (y profanos) con diverso enfoque y alcance, como el izquierdista diario Clarin de Buenos Aires, o el liberal madrileño El País. Sin embargo, en todos los casos, las respectivas noticias no hacen sino transcribir en forma acrítica, una u otra parte del artículo publicado en Catholic News, evidentemente a espaldas de la Santa Sede, que aún no ha dicho una sola palabra sobre todo esto. Ningún medio destaca que en el documento en inglés de Catholic News, se advierte que “Its documents are not considered expressions of authoritative church teaching”; así que no se sabe para qué lo publican, pues es de hacer notar que las opiniones privadas de los integrantes de la Iglesia, no deberían difundirse por canales semioficiales, como éste.
Pues bien: A ningún advertido escapa que el problema de la existencia del Limbo, es significativamente menor a aquellas otras dos cuestiones mayores y preliminares que quedan involucradas por implicancia, a saber: UNO, la necesidad del Bautismo para la Salvación, y DOS, la consiguiente substitución práctica de este Sacramento en casos considerados como muy especiales. Veámoslo por partes.
Cualquier católico bien educado —noción que incluye a los que tienen poca instrucción pero el ojo siempre avizor— no acepta que la Iglesia pueda “derogar” a piacere o abolir las cosas sagradas o las verdades reveladas así como así, especialmente cuando han formado parte, como verdades católicas, de la enseñanza oficial; pero se admite que, sobre cuestiones que no atañen directamente a la Revelación, o bien, que son solamente determinaciones de la Sagrada Escritura o de la Tradición que merecen o requieren una aclaración para su más elevada comprensión, la Iglesia puede, y en algunos casos debe, ejercer su potestad magistral para definirlas.
Las definiciones, dogmáticas y de la Sagrada Escritura, en torno a la necesidad del Sacramento del Bautismo para la Salvación eterna son explícitas, expresas y categóricas, en tanto que la mera generación humana, por sí misma, siempre se ha considerado más como causa de muerte que de vida, solamente remediable por el Sacramento del Bautismo, que borra los efectos eternos del Pecado Original, confiere la primer gracia santificante, nos hace hijos de Dios en Cristo, herederos del Cielo y miembros del Cuerpo Místico:
Nuestro Señor Jesucristo: «Id por todo el mundo y proclamad la Buena Nueva a toda la creación. El que crea y sea bautizado se salvará.» (Mc 16, 15-16)
Pío XI en Casti connubii: «Y con ser cierto que los cónyuges cristianos, aun cuando ellos estén justificados, no pueden transmitir la justificación a sus hijos, sino que, por lo contrario, la natural generación de la vida es camino de muerte, por el que se comunica a la prole el pecado original; con todo, en alguna manera, participan de aquel primitivo matrimonio del paraíso terrenal, pues a ellos toca ofrecer a la Iglesia sus propios hijos, a fin de que esta fecundísima madre de los hijos de Dios los regenere a la justicia sobrenatural por el agua del bautismo, y se hagan miembros vivos de Cristo, partícipes de la vida inmortal y herederos, en fin, de la gloria eterna, que todos de corazón anhelamos.»
San Pio X, Catecismo Mayor: «546. Los sacramentos más necesarios para salvarnos son dos: el Bautismo y la Penitencia; el Bautismo es necesario a todos, y la Penitencia es necesaria a todos los que han pecado mortalmente después del Bautismo.»
Idem: «563. Hay que darse prisa en bautizar a los niños, porque están expuestos por su tierna edad a muchos peligros de muerte, y no pueden salvarse sin el Bautismo.»
Idem. id. «564.— ¿Pecarán, pues, los padres y las madres que por negligencia dejen morir a sus hijos sin Bautismo o lo dilatan? — Si, señor; los padres y madres que por negligencia dejan morir a los hijos sin Bautismo, pecan gravemente porque les privan de la vida eterna, y pecan también gravemente dilatando mucho el Bautismo, porque los exponen al peligro de morir sin haberlo recibido.»
Catecismo de la Iglesia Católica:
«§ 977: Nuestro Señor vinculó el perdón de los pecados a la fe y al Bautismo: "Id por todo el mundo y proclamad la Buena Nueva a toda la creación. El que crea y sea bautizado se salvará" (Mc 16, 15-16). El Bautismo es el primero y principal sacramento del perdón de los pecados porque nos une a Cristo muerto por nuestros pecados y resucitado para nuestra justificación (cf. Rm 4, 25), a fin de que "vivamos también una vida nueva" (Rm 6, 4).»
«§ 1257: El Señor mismo afirma que el Bautismo es necesario para la salvación (cf Jn 3,5). Por ello mandó a sus discípulos a anunciar el Evangelio y bautizar a todas las naciones (cf Mt 28, 19-20; cf DS 1618; LG 14; AG 5). El Bautismo es necesario para la salvación en aquellos a los que el Evangelio ha sido anunciado y han tenido la posibilidad de pedir este sacramento (cf Mc 16,16). La Iglesia no conoce otro medio que el Bautismo para asegurar la entrada en la bienaventuranza eterna; por eso está obligada a no descuidar la misión que ha recibido del Señor de hacer "renacer del agua y del espíritu" a todos los que pueden ser bautizados. Dios ha vinculado la salvación al sacramento del Bautismo, pero su intervención salvífica no queda reducida a los sacramentos»
«§ 1258: Desde siempre, la Iglesia posee la firme convicción de que quienes padecen la muerte por razón de la fe, sin haber recibido el Bautismo, son bautizados por su muerte con Cristo y por Cristo. Este Bautismo de sangre como el deseo del Bautismo, produce los frutos del Bautismo sin ser sacramento.»
«§ 1259: A los catecúmenos que mueren antes de su Bautismo, el deseo explícito de recibir el bautismo unido al arrepentimiento de sus pecados y a la caridad, les asegura la salvación que no han podido recibir por el sacramento.»
«§ 1260: Cristo murió por todos y la vocación última del hombre en realmente una sola, es decir, la vocación divina. En consecuencia, debemos mantener que el Espíritu Santo ofrece a todos la posibilidad de que, de un modo conocido sólo por Dios, se asocien a este misterio pascual (GS 22; cf LG 16; AG 7). Todo hombre que, ignorando el evangelio de Cristo y su Iglesia, busca la verdad y hace la voluntad de Dios según él la conoce, puede ser salvado. Se puede suponer que semejantes personas habrían deseado explícitamente el Bautismo si hubiesen conocido su necesidad.»
«§ 1261: En cuanto a los niños muertos sin Bautismo, la Iglesia sólo puede confiarlos a la misericordia divina, como hace en el rito de las exequias por ellos. En efecto, la gran misericordia de Dios, que quiere que todos los hombres se salven (cf 1 Tm 2,4) y la ternura de Jesús con los niños, que le hizo decir: "Dejad que los niños se acerquen a mí, no se lo impidáis" (Mc 10,14), nos permiten confiar en que haya un camino de salvación para los niños que mueren sin Bautismo. Por esto es más apremiante aún la llamada de la Iglesia a no impedir que los niños pequeños vengan a Cristo por el don del santo bautismo.»
Desde luego, es perfectamente demostrable una fundamentación dogmática e histórica mucho más abundante (aquí, por ejemplo) sobre la ineludible necesidad del Bautismo para la Salvación, pero lo dicho basta a nuestro propósito que, de momento, es apologético.
De todas formas, si se lee atentamente el novel “documento” sobre el limbo (o lo que de él se da a la imprenta, vamos...) y se lo compara con la doctrina copiada arriba, especialmente con el número 1261 del Catecismo de la Iglesia Católica (que no contiene ningún dogma ni una verdad revelada, sino una expresión de deseos) se ve con toda claridad que no existe ninguna novedad en nignún renglón; y que entonces, toda esta conmoción es, por lo menos, algo interesado y con un alcance distinto y más obscuro al de las meras palabras, pues viene a ser, como mínimo, una declaración inútil, por repetida.
Entonces, debe llamarse poderosamente la atención sobre la fuerte conmoción sentimental que encierra esta noticia, especialmente por su efecto en quienes, por su buen corazón de cristianos, sufren a toda hora por la que creen desesperada suerte eterna de las víctimas de los abortos (in crescendo, según los medios de difusión y algunas suposiciones desgraciadamente acertadas) que se realizan hoy en día en todo el mundo y que son almas que no alcanzarían, en principio, la salvación eterna, sino que irían al limbo. Pero este argumento, por lo hábil y peligroso, nos pone tras una sulfurosa pista y nos llama a la precaución. Por que vemos que, intentando parodiar a Dios, pero obrando a la inversa, se trataría de producir un efecto malo a expensas de un sentimiento bueno, a saber: Que por no verse perdidas para la Vida Eterna tantas almas de abortados, pudiera venir a creerse de algún modo que sin el Sacramento del Bautismo, también sería posible la Salvación, principio que, ya se ha visto, no solamente es falso por completo sino que redundaría en la perdición eterna de muchísimos buenos, que dejarían de buscar primeramente el Bautismo de sus semejantes, perdiéndose ellos mismos.
La hipotética “supresión” del Limbo, de existir, no debe suponerse más que como un cambio de nombre, pero de ninguna manera una modificación de la doctrina tradicional ni, menos aún, como una autorización para prescindir del Sacramento del Bautismo. Si los no bautizados que mueren sin alcanzar la edad del discernimiento pueden eludir la pena del Infierno es una cuestión que, de momento, no es definitiva ni concluyente, sino una simple sentencia fundada en la confianza en la Misericordia Divina, que nos hace creer (sin un explícito apoyo escriturístico) que no serán abandonados a la pena eterna, que únicamente han merecido por el pecado de Adán, pero no por alguno propio. En segundo lugar, tampoco puede afirmarse —más bien, en vista de los textos doctrinarios, debe negarse completamente— que tendrán una plena participación en la Vida Trinitaria, que se asegura como principio a todos aquellos que han tenido fe y la han recibido por el Bautismo, y han muerto en estado de gracia o, al menos, en estado de contrición perfecta, real o presunta.
¿Cuál sería, entonces, el resultado de la aplicación de estos principios? Que esas almitas no irían al infierno, ciertamente, ni al Cielo, sino a dónde no puedan sufrir la pena eterna de la privación de Dios ni la del sentido, pero tampoco alcancen la visión beatífica, para lo cual deberían haber tenido fe y estar bautizadas. Si a esto lo llamamos “limbo” —que en el sentido prístino, no era un concepto teológico nato sino una palabra vulgar que significaba frontera, utilizada para designar una realidad supraterrenal de los no bautizados—, “barrio periférico del Cielo” o “puertas afuera del Averno”, o como queramos, es indiferente y una cuestión secundaria y meramente nominal, e inclusive cultural y hasta de puro gusto personal; siempre que se mantenga la verdad que encierra y no se nieguen los principios que supone. Pero es exactamente ésta, y no otra, la cuestión que trata el hipotético y aún desconocido documento a que aluden las noticias referidas.
¿Cuál sería, entonces, la consecuencia práctica de la mala interpretación de esta sospechosa “noticia”, tan maliciosamente difundida y torpemente aceptada? Pues en primer lugar, nada menos que, para muchos, la probable prescindencia progresiva de la administración del Bautismo a los recién nacidos, pues total, si su Salvación eterna no peligraría hasta que alcanzaran la edad del discernimiento, no valdría la pena el esfuerzo. Y en segundo y terrorífico lugar, agregar otro argumento a favor del aborto, pues si los recién nacidos, o los no nacidos, ni se condenan ni quedan excluídos de la visión eterna —que es la Vida misma de la Trinidad Divina— por causa de la ausencia del Bautismo, ¿qué habría de terriblemente malo, siniestro, desde el punto de vista sobrenatural, en suprimirlos ...? ¡Si hasta se les estaría haciendo un favor, evitándoles que pequen ...!
Se nota en esta notícula el rastro de una herejía condenada, como lo es sostener que, finalmente, la gracia de Dios, o mejor dicho, su Infinita Misericordia, que superaría el orden mismo de la Gracia, a todos querrá ver salvos a pesar de haber muerto fuera de la Iglesia y aún en pecado mortal; o también que, finalmente, Dios abrogará el Infierno (si es que existe), como quería el famoso teólogo renovador Urs von Balthasar y que, por implicancia necesaria, todos los Sacramentos son pura filfa ...
Quede aclarado, de todos modos, que la condena que contra el aborto mantiene la Iglesia es por dos causas, y no por mera conveniencia o coherencia doctrinal: La primera es de carácter sobrenatural, pues además del pecado de homicidio que cometen la madre y todos los cooperadores conscientes, al abortado se le cierra, por principio, el camino a la perfecta vida de la Gracia, y que es uno de los mayores agravantes del nefando delito de aborto. Y segundo, por una razón natural: la Vida es un don y, de consiguiente, un bien indisponible, del que ningún inocente puede ser privado bajo ningún pretexto, jamás.
¿Cómo, pues, no se ha de ver en todo este episodio un intento de fomentar una general invitación a la licencia y al desenfreno homicida?
Puede ser cierto que, desoyendo los consejos del Aquinate, seamos algo malpensados; pero en los tiempos que corren y con las cosas que pasan, preferimos hacerle el gasto al bondadoso Santo Doctor y lanzar este aviso. No somos tan sonsos como para no ver las corridas en que algunos sectores están empeñados, a fin de hacerle dar un porrazo doctrinal al Santo Padre; quien por su parte, ha emprendido una dura lucha por recuperar las verdades católicas obscurecidas por la herejía dominante y la malicia del mundo.
No deberíamos prestar más, ninguna atención a trascendidos, opiniones privadas de supuestos teólogos o a cualquier otra novedad que intente introducir fisuras en la ya colapsada fe de la Iglesia, y que no provengan de la voz segura, tronante y mansa del Pescador romano. Por que el maldito es mentiroso, homicida y ladrón desde el principio, y anda rondando a rugido limpio, a ver a quién devorar.
Así que no andemos saltando de la salsa al sartén.
* Quisiéramos no haber escrito nunca lo que va arriba de esta aclaración, ni tampoco esta aclaración, por el respeto que debemos a la ilusionada esperanza de tantísimos padres que, con generosidad sin límite ni cálculo alguno, han traído al mundo alguno de sus hijos y han perdido otros, en el camino azaroso y plagado de dolores de la auténtica, única y verdadera paternidad responsable, esperando reencontrarse en el Cielo con todos ellos, sin excepción. Dios nos perdone si les causamos algún dolor, que nada está más lejos de nuestra intención. Y que vean que, defendiendo al Bautismo de la perplejidad causada por la malintencionada difusión de la noticia que comentamos, defendemos la felicidad eterna de todos los concebidos. Volver.