lunes, 11 de febrero de 2008

Lourdes

Nuestra Señora en la Gruta de Massabielle

Hace 150 años la Santísima Virgen, aparecida misteriosamene a una niña francesa, confería la confirmación celestial al primer dogma de la Iglesia proclamado formalmente como tal por un Papa, Su Santidad el Beato Pío IX, por el cual se declaraba a la Madre de Dios concebida sin pecado original.

Ceremonia que se repetiría algo menos de 100 años después cuando, en formal y aún más solemne ocasión, Su Santidad Pío XII proclamara el dogma de la Asunción. Una potestad del soberano Pontífice empleada con toda la pompa únicamente en dos oportunidades en 2.000 años. Y las dos veces, para confirmar definitivamente las certezas de la Fe sobre la Madre de Dios. Era costumbre hasta entonces definir los dogmas en Concilios especiales, cuyas sentencias eran poseriormente corroboradas por el Sumo Pontífice; sin embargo y como decimos, en estas dos oportunidades, por primera y única vez en la historia de la Iglesia, un Papa anunciaba por sí mismo un nuevo dogma, empleando para ello las potestades magistrales extraordinarias que poco tiempo más adelante le reconocería el Concilio Vaticano I.

Bernadette Soubirous
en la época de las apariciones

Junto a esta confirmación, pues, en la cual a la vez se manifestaba especialmente la Suprema y maternal tutela sobre el Vicario de Cristo, la vidente, Santa Bernadette Soubirous, recibió tres enigmáticos mensajes con la instrucción singular de mantenerlos secretos; al menos, para el pueblo en general. De ellos, poco o nada sabemos.

Luego de una vida obscura y mortificada consagrada a la religión, la vidente entregaría su alma al Creador en plena juventud 20 años después; pero su cuerpo quedaría incorrupto en un estado tal que sorprende aún hoy a los más escépticos racionalistas y confunde a los ateos más recalcitrantes, cual lábaro incólume del poder infinito de Dios sobre la vida y la muerte.

La gratitud de los Papas no se hizo esperar; de modo que Su Santidad Benedicto XVI ha dispuesto que hoy, se pueda ganar una indulgencia plenaria en cualquier Iglesia de la tierra donde se venere permanentemente, o se exponga de intento a la veneración, una imagen de la Virgen de Lourdes, realizando las obras prescriptas para lucrar cualquier indulgencia plenaria a saber: Confesión dentro de los 8 días anteriores o posteriores, Comunión Sacramental, rezar por las intenciones del Papa por los menos un Padrenuestro, un Ave María y un Credo y además, cualquier acto de consagración a la Madre de Dios; finalmente, tener un ánimo real de desapego, aunque sea general, a todo pecado. La indulgencia puede aplicarse a un alma del Purgatorio o al propio penitente, quien al ganarla logra la remisión de todas las penas temporales merecidas hasta ese momento.

Y por fin, para aquellos que se hallaran realmente impedidos de marchar hasta una Iglesia, la indulgencia podrá lucrarse desde donde estén, a cuyo fin les ponemos a su disposición una imágen de la Virgen de Lourdes en la Gruta de las apariciones

Pues en este lugar se la venera.



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